Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2009 (02/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de diciembre de 2009

en los numerales 2.1 y 6.3 del Decreto Supremo N° 0472009-PCM, materia del presente, segun lo requerido por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, siendo uno de los encargos de esta Comision culminar la transferencia de las funciones del Art. 62 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, a diecinueve (19) Gobiernos Regionales que quedaron pendientes al 31 de diciembre del 2008, con excepcion de MORDAZA Metropolitana, que tiene un Regimen Especial, se hace innecesaria la conformacion de una nueva comision para el mismo proposito, dispuesta por el Decreto Supremo N° 083-2008-PCM; De conformidad con los Decretos Supremos N° 049-2008PCM, N° 083-2008-PCM, N° 047-2009-PCM y N° 064-2009PCM; y, las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion N° 060-2008-PCM/SD y N° 001-2009-PCM/SD; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.Reconocimiento de Comision Intergubernamental del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM Reconocer a la Comision Intergubernamental del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, encargada de desarrollar los componentes de la gestion descentralizada de la provision de los servicios publicos al ciudadano, para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, comprendidas en los Art. 51 n), 58 y 62 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, dentro de su ambito competencial, en materia agraria; vivienda y saneamiento; y, administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, respectivamente, asi como de culminar el MORDAZA de transferencia de competencias y funciones de los ciclos 2007, 2008 y 2009, relacionadas con el Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, entre otros temas de interes sectorial que acuerden desarrollar las partes involucradas en el MORDAZA de descentralizacion, en merito a lo dispuesto en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM. Dicha Comision estara integrada por representantes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, uno de los cuales la presidira; de los Gobiernos Regionales, con excepcion de MORDAZA Metropolitana, que tiene un Regimen Especial; y, del Ministerio de Economia y Finanzas, segun relacion detallada en anexo adjunto; pudiendose integrar, en cualquier momento, los representantes de los Gobiernos Locales y/o de las instancias representativas de Gobiernos Regionales o Locales, asi como de entidades y organos de la administracion publica, segun corresponda. Para el reconocimiento de nuevos representantes ante dicha Comision, ya sea porque se esten incorporando nuevos miembros o porque sus actuales miembros, por convenir a sus intereses, designen a nuevos representantes en reemplazo de los que MORDAZA reconocidos por la presente resolucion, sera suficiente que tales designaciones MORDAZA comunicadas oficialmente a la Presidencia de la Comision, con MORDAZA a la Secretaria de Descentralizacion, para la supervision correspondiente. La conformacion de la Comision para culminar la transferencia de las funciones del Art. 62 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, a diecinueve (19) Gobiernos Regionales, con excepcion de MORDAZA Metropolitana, que tiene un Regimen Especial, dispuesta por el Decreto Supremo N° 083-2008-PCM, se hace innecesaria, en vista que la Comision Intergubernamental que se reconoce por la presente MORDAZA, tiene, entre otros, dicho proposito; para lo cual, podra conformarse un grupo de trabajo para tratar este tema, con los que hayan sido designados por los Gobiernos Regionales, segun informacion proporcionada por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en su oficio de Vistos. Articulo 2º.- Instalacion de la Comision El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que preside dicha Comision, debera proceder a su instalacion con los representantes que hayan sido reconocidos por la Secretaria de Descentralizacion, por efecto de la presente norma. La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales podra participar, a solicitud del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en la sesion de instalacion de la Comision, en reemplazo de aquellos Gobiernos Regionales que no hayan designado aun a sus representantes y/o para todo aquello en que los Gobiernos Regionales comprometan, por

acuerdo, su apoyo en el funcionamiento de la mencionada Comision. Articulo 3º.Actuacion de la Comision Intergubernamental y de la Secretaria de Descentralizacion La Comision Intergubernamental, a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion, actuara acorde a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM y lo senalado en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales del ano 2009. La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuara de acuerdo a las atribuciones que le asignan el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y el MORDAZA normativo vigente. Articulo 4º.- Asistencia Tecnica de las Secretarias de Gestion Publica y de Descentralizacion, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministerio de Economia y Finanzas Las Secretarias de Gestion Publica y de Descentralizacion, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y el Ministerio de Economia y Finanzas, segun corresponda, brindaran asistencia tecnica a la Comision Intergubernamental, materia del presente, en el establecimiento de las disposiciones para el desarrollo de los componentes de la gestion descentralizada, de acuerdo a la naturaleza de las competencias y funciones transferidas, en concertacion con los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda. Ademas, el Ministerio de Economia y Finanzas brindara asistencia tecnica a esta Comision, en los asuntos que se senalan en el numeral 6.3 del Decreto Supremo N° 0472009-PCM, MORDAZA mencionado. Articulo 5º.- Productos entregables de la Comision Intergubernamental La Comision Intergubernamental, a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion, debera producir, por lo menos, los siguientes entregables: i) situacion del ejercicio compartido de las funciones transferidas, ii) esquema de gestion descentralizada de las funciones transferidas y iii) identificacion de los servicios publicos para el desarrollo de la gestion descentralizada y costos asociados a los mismos. Todo ello sobre la base del seguimiento a los Convenios de Gestion. El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento debera presentar, a la Secretaria de Descentralizacion, un primer informe de cumplimiento de las funciones asignadas a dicha Comision, en el mes de noviembre del presente ano y, los subsiguientes, en los meses de MORDAZA y diciembre de cada ano, de acuerdo a lo establecido en el literal d), numeral 4.3 del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, en mencion. Articulo 6º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial y su Anexo, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion (e)

ANEXO RELACION DE REPRESENTANTES DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES ANTE COMISION INTERGUBERNAMENTAL DEL SECTOR VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO, CONFORMADA EN EL MORDAZA DEL DECRETO SUPREMO N° 047-2009-PCM
Gobierno Nacional / Gobiernos Regionales Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento

Nº 1

Representantes

Oficio

· Un representante de la Comision Sectorial de Oficio Nº 509Transferencia, quien la presidira. 2009-VIVIENDA· Un representante de la Secretaria General. OGPP · Un representante de la Direccion Nacional de Vivienda. · Un representante de la Direccion Nacional de Urbanismo. · Un representante de la Direccion Nacional de Construccion. · Un representante de la Direccion Nacional de Saneamiento. · Un representante de COFOPRI. · Un representante de la SBN.

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