Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2009 (02/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de diciembre de 2009

Regionales y Locales, cuya culminacion esta normada y regulada por los Decretos Supremos N° 049-2008-PCM, N° 083-2008-PCM y N° 064-2009-PCM; y, las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion N° 060-2008-PCM/SD y N° 001-2009-PCM/SD; Que, dentro de este contexto, para implementar las competencias y funciones transferidas, se hace necesario iniciar, de manera articulada y coordinada, el desarrollo de la gestion descentralizada de los servicios publicos al ciudadano, que implicara la identificacion de procesos de la gestion compartida, la delimitacion de roles por niveles de gobierno y la asignacion de recursos humanos, financieros, bienes y otros asociados, en el MORDAZA de lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Vigesima Octava Disposicion Final Complementaria de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; Que, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, MORDAZA mencionado, los Ministerios, con la asistencia tecnica de las Secretarias de Gestion Publica y de Descentralizacion, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministerio de Economia y Finanzas, segun corresponda, estableceran las disposiciones para el desarrollo de los componentes de la gestion descentralizada, de acuerdo a la naturaleza de las competencias y funciones transferidas, en concertacion con los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, en el MORDAZA de Comisiones Intergubernamentales; Que, dichas Comisiones Intergubernamentales deberan ser constituidas por los Ministerios involucrados en el MORDAZA de descentralizacion, y estaran integradas por representantes de los mismos Ministerios, uno de los cuales la presidira, asi como por representantes de los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda o, en su defecto, por representantes de instancias representativas de Gobiernos Regionales o Locales, asi como de entidades y organos de la administracion publica; pudiendose designar, tambien, a quienes los representan en las Comisiones Sectoriales, Regionales y Locales de Transferencia; Que, el Ministerio de la Produccion ha solicitado, mediante el Oficio Nº 1472-2009-PRODUCE/DVP, el reconocimiento de la conformacion de una Comision Intergubernamental, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, para que se encargue del desarrollo de los componentes de la gestion descentralizada para el ejercicio pleno de las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, comprendidas en los Art. 48 (solamente las relacionadas con las MYPE), 52 y 54 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, dentro de su ambito de competencia, en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa; pesquera; e, industria, respectivamente, asi como de culminar el MORDAZA de transferencia de competencias y funciones de los ciclos 2007, 2008 y 2009, relacionadas con el Sector Produccion, entre otros temas de interes a solicitud de las partes involucradas directamente en el MORDAZA de descentralizacion; Que, asimismo, el Ministerio de la Produccion, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4.2 a) del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, ha remitido a la Secretaria de Descentralizacion, mediante el oficio de Vistos, la relacion de los representantes de las entidades que conformaran dicha Comision Intergubernamental, asi como el mecanismo de designacion de representantes, objetivos y alcances, y otros aspectos de interes para su adecuado funcionamiento; por lo que, debera procederse a su reconocimiento mediante la resolucion correspondiente; Que, en dicha Comision Intergubernamental debera incluirse un representante del Ministerio de Economia y Finanzas, para que brinde asistencia tecnica a dicha Comision Intergubernamental en los asuntos que se senalan en los numerales 2.1 y 6.3 del Decreto Supremo N° 0472009-PCM, materia del presente, segun lo requerido por el Ministerio de la Produccion; Que, siendo uno de los encargos de esta Comision culminar la transferencia de las funciones del Art. 48 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en lo que respecta a las MYPE, a los Gobiernos Regionales de Callao y MORDAZA, que quedaron pendientes al 31 de diciembre del 2008, con excepcion de MORDAZA Metropolitana, que tiene un Regimen Especial, se hace innecesaria la conformacion de una nueva comision para el mismo proposito, dispuesta por el Decreto Supremo N° 0832008-PCM; De conformidad con los Decretos Supremos N° 0492008-PCM, N° 083-2008-PCM, N° 047-2009-PCM y N° 064-2009-PCM; y, las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion N° 060-2008-PCM/SD y N° 001-2009PCM/SD; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia

del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.Reconocimiento de Comision Intergubernamental del Sector Produccion, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM Reconocer a la Comision Intergubernamental del Sector Produccion, encargada de desarrollar los componentes de la gestion descentralizada de la provision de los servicios publicos al ciudadano, para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, comprendidas en los Art. 48 (solamente las relacionadas con las MYPE), 52 y 54 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, dentro de su ambito de competencia, en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa; pesquera; e, industria, respectivamente, asi como de culminar el MORDAZA de transferencia de competencias y funciones de los ciclos 2007, 2008 y 2009, relacionadas con el Sector Produccion, entre otros temas de interes sectorial que acuerden desarrollar las partes involucradas en el MORDAZA de descentralizacion, en merito a lo dispuesto en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 0472009-PCM. Dicha Comision estara integrada por representantes del Ministerio de la Produccion, uno de los cuales la presidira; de los Gobiernos Regionales, con excepcion de MORDAZA Metropolitana, que tiene un Regimen Especial; y, del Ministerio de Economia y Finanzas, segun relacion detallada en anexo adjunto; pudiendose integrar, en cualquier momento, los representantes de los Gobiernos Locales y/o de las instancias representativas de Gobiernos Regionales o Locales, asi como de entidades y organos de la administracion publica, segun corresponda. Para el reconocimiento de nuevos representantes ante dicha Comision, ya sea porque se esten incorporando nuevos miembros o porque sus actuales miembros, por convenir a sus intereses, designen a nuevos representantes, sera suficiente que tales designaciones MORDAZA comunicadas oficialmente a la Presidencia de la Comision, con MORDAZA a la Secretaria de Descentralizacion, para la supervision correspondiente. La conformacion de la Comision para culminar la transferencia de las funciones del Art. 48 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, a los Gobiernos Regionales de Callao y MORDAZA, relacionadas solamente a las MYPE, dispuesta por el Decreto Supremo N° 083-2008-PCM, se hace innecesaria, en vista que la Comision Intergubernamental que se reconoce por la presente MORDAZA, tiene, entre otros, dicho proposito; para lo cual, podra conformarse un grupo de trabajo para tratar este tema, con los que hayan sido designados por los Gobiernos Regionales, segun informacion proporcionada por el Ministerio de la Produccion, en su oficio de Vistos. Articulo 2º.- Instalacion de la Comision El Ministerio de la Produccion, que preside dicha Comision, debera proceder a su instalacion con los representantes que hayan sido reconocidos por la Secretaria de Descentralizacion, por efecto de la presente norma. La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales podra participar, a solicitud del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en la sesion de instalacion de la Comision, en reemplazo de aquellos Gobiernos Regionales que no hayan designado aun a sus representantes y/o para todo aquello en que los Gobiernos Regionales comprometan, por acuerdo, su apoyo en el funcionamiento de la mencionada Comision. Articulo 3º.Actuacion de la Comision Intergubernamental y de la Secretaria de Descentralizacion La Comision Intergubernamental, a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion, actuara acorde a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM y lo senalado en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales del ano 2009. La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuara de acuerdo a las atribuciones que le asignan el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y el MORDAZA normativo vigente. Articulo 4º.- Asistencia Tecnica de las Secretarias de Gestion Publica y de Descentralizacion, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministerio de Economia y Finanzas Las Secretarias de Gestion Publica y de Descentralizacion, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y el Ministerio de Economia y Finanzas, segun corresponda, brindaran asistencia tecnica a la Comision Intergubernamental,

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