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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2009 (29/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de enero de 2009 389410 (Federación de Mujeres Organizados en Centrales de Comedores Populares Autogestionarios y Afi nes de Lima y Callao, Asociación Coordinadora de Clubes de Madres y la Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y Comedores Populares), Municipalidades Distritales (3): Comas, Villa el Salvador y San Juan de Lurigancho) y Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza de Lima Metropolitana (1), quien actuó como Secretario Técnico de la Comisión; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2006-PCM, que aprobó el Plan Anual de Transferencia del año 2006, se estableció que en dicho año se debía concretar la transferencia de los PCA en el caso de Lima, de acuerdo al Modelo de Gestión aprobado por la Resolución Presidencial Nº 059 CND-P-2006; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 075-2006- CND/GTA del 20 de diciembre de 2006, la Municipalidad Metropolitana de Lima fue acreditada por el CND, para recibir la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria; Que, durante el año 2006 se desarrollaron las acciones previas requeridas para dicho proceso de transferencia, implementando un Convenio de Cooperación entre la MML y el sector MIMDES, para garantizar el desarrollo de capacidades del personal de la MML en la gestión descentralizada de dicho programa, en el marco del modelo de gestión aprobado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007- PCM, que aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, se estableció en el capítulo B), para el caso de la Municipalidad de Lima Metropolitana el porcentaje de los fondos públicos que se destinen a los gastos de gestión se aprobaran mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social (Numeral 7.4 segundo párrafo de los Lineamientos aprobados por Decreto Supremo Nº 008-2007-EF); Que, mediante Ofi cio Nº 007-2008-MML/ALC de fecha 22 de febrero de 2008, dirigida a la Secretaría de Descentralización, la MML manifi esta que de acuerdo a lo señalado por la Ley Orgánica de Municipalidades, la transferencia del PCA se deberá realizar a las municipalidades distritales; posición que es ratifi cada mediante Ofi cio Nº 017-2008MML/ALC de fecha 17 de marzo de 2008; Que, desde el año 2005, se vienen haciendo diversos esfuerzos para concluir con la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del PRONAA y en razón de los complejos aspectos de carácter técnico y legal, se requiere establecer un modelo de gestión descentralizada, construida con el aporte de diversas instancias implicadas en dicho proceso; Que, en tal sentido, mediante Ofi cio Nº 005-2009/ MIMDES-DVMDS, de fecha 12 de enero de 2009, el MIMDES ha hecho llegar la propuesta de la Conformación de la Comisión Especial para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria al ámbito de Lima Metropolitana; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27783, 27867, 27972, 28273, de los Decretos Supremos Nºs. 068-2006-PCM, 076-2006-PCM, 036-2007-PCM, 029- 2008-PCM, 049-2008-PCM y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformación de la Comisión Especial para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria - PCA del PRONAA en el ámbito de la Provincia de Lima Conformar la Comisión Especial para la Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del PRONAA a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, la cual estará integrada por las siguientes instituciones y representantes: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 03 representantes (01 del Vice Ministerio de Desarrollo Social, 01 de la Dirección General de Descentralización, 01 del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA) Ministerio de Economía y Finanzas 01 representante de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales Municipalidad de Lima Metropolitana 02 representantes (01 de ellos en representación del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana) Municipalidades Distritales de la Prov. de Lima 03 representantes (Designados por la Asamblea Metropolitana de Alcaldes de Lima) Organizaciones Sociales de Base 03 representantes (De comedores benefi ciarios del Programa de Complementación Alimentaria en Lima Metropolitana) Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza de Lima Metropolitana 01 representante Presidencia del Consejo de Ministros 01 representante de la Secretaría de Descentralización Artículo 2º. – Objeto de la Comisión Especial La Comisión Especial tendrá como encargo alcanzar los siguientes objetivos específi cos y entregables: Objetivos Específi cos Entregables 1. Determinar el Estado Situacional del Programa de Complementación Alimentaria del PRONAA en el ámbito de la Provincia de Lima. Informe que contiene situación del Programa de Complementación Alimentaria del PRONAA en el ámbito de la Provincia de Lima en aspectos de Procesos o Procedimientos, recursos humanos, recursos físicos y recursos presupuestales. 2. Analizar y defi nir las alternativas para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria a las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima, identifi cando las competencias y funciones del MIMDES, de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales; así como los mecanismos de participación de las organizaciones sociales de base en la gestión descentralizada del programa. Documento que contiene el diseño de la estrategia de Gestión Descentralizada del Programa de Complementación Alimentaria - PCA en el ámbito de la Provincia de Lima. 3. Establecer el esquema de procedimientos y plazos para efectivizar la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria. Documento que contiene los procedimientos específi cos y plazos para la efectivización de la transferencia y la implementación de las competencias y recursos transferidos. Artículo 3º. – Estructura Básica de la Comisión Especial La Comisión Especial a la que alude el Artículo 1º de la presente Resolución, estará presidida por el/la representante del Despacho Vice Ministerial de Desarrollo Social del MIMDES; y como Secretaría Técnica actuará el/la representante de la Dirección General de Descentralización del referido Sector, que estará facultado a realizar las convocatorias respectivas. La Secretaría de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuará de acuerdo a las atribuciones que le asigna el Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM y el marco normativo vigente. Artículo 4º.- Designación de representantes La Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del MEF y la Secretaría de Descentralización de la PCM, así como la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Asamblea Metropolitana de Alcaldes de Lima, las Organizaciones Sociales de Base de Comedores Benefi ciarios del Programa de Complementación Alimentaria en Lima Metropolitana y la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza de Lima Metropolitana, designarán a sus representantes ante la Comisión Especial mediante Ofi cio dirigido al Despacho Viceministerial de Desarrollo Social y con copia a la Secretaría de Descentralización.