Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2009 (29/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Embajador del Peru en los EE.UU. para contratar servicios especializados de asesoria legal internacional en MORDAZA judicial
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2009-RE MORDAZA, 28 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion es declarado de interes nacional y de necesidad publica; Que, la empresa estadounidense Odyssey MORDAZA Exploration ha hallado en las profundidades del MORDAZA Atlantico una embarcacion que contiene un cargamento de bienes, respecto de los cuales el Reino de Espana ha reclamado judicialmente derechos de propiedad ante la Corte Distrital de Tampa, MORDAZA - Estados Unidos de America; Que, en tanto se presume que dichos bienes han sido elaborados y producidos en el Virreinato del Peru, el Estado peruano se encuentra legitimado para intervenir en el referido MORDAZA judicial a fin de salvaguardar sus intereses, velando por el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, toda vez que el referido MORDAZA judicial se encuentra en marcha, la intervencion del Estado peruano debe ser oportuna, agil y eficiente, siendo necesario para tal efecto configurar el MORDAZA legal y administrativo adecuado, que implica necesariamente la provision de recursos que respalden las acciones en todo cuanto se refiera a los actos y gestiones previas para la contratacion de asesores legales extranjeros, expertos y demas profesionales vinculados con los temas en controversia, el acto de contratacion como tal y el respectivo seguimiento de ejecucion contractual; asi como para los actos y gestiones previas para la confirmacion del origen de las piezas halladas y las acciones posteriores una vez reconocido el derecho sobre estas a favor del Peru; Que, en dicho contexto, es necesario adoptar medidas urgentes y extraordinarias, a fin de salvaguardar el MORDAZA legal, administrativo y presupuestal del Estado peruano respecto de su intervencion en el MORDAZA judicial a que se refiere el MORDAZA considerando, asi como la ejecucion de todas las acciones referidas en el considerando precedente; Que, es necesario asegurar que el Estado peruano cuente con la asesoria legal especializada de estudios juridicos, asesores y expertos de reconocido prestigio con experiencia profesional, que se requieran durante el desarrollo del MORDAZA MORDAZA referido hasta su conclusion; Que, en tanto el MORDAZA judicial referido en el MORDAZA considerando se desarrolla en sede estadounidense y que la representacion del Estado peruano en el exterior se materializa a traves de sus respectivas misiones diplomaticas, resulta procedente encargar la suscripcion del mencionado contrato al Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, toda vez que dicho acto se encuentra directamente relacionado con la gestion de la Embajada de Peru en los Estados Unidos de America; Que, el Decreto Legislativo Nº 1068, de fecha 28 de junio del ano 2008, establece que la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Publicos Ad Hoc designados mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Justicia; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder

Ejecutivo, en los literales a) y e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112 - Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores y en literal o) del numeral 3 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, para contratar los servicios especializados de asesoria legal internacional en defensa de los intereses del Estado peruano, para el MORDAZA judicial que sigue el Reino de Espana en contra de la empresa estadounidense Odyssey MORDAZA Exploration, ante la Corte Distrital de Tampa, MORDAZA - Estados Unidos de MORDAZA, a fin de determinar los derechos de propiedad de un cargamento de bienes hallados en una embarcacion en las profundidades del MORDAZA Atlantico y, donde se encontrarian bienes del Patrimonio Cultural de la Nacion; sin perjuicio de las atribuciones que le corresponde al Procurador Publico Ad Hoc a ser designado por el Ministerio de Justicia. Articulo 2º.- La contratacion de asesoria legal internacional, peritos y demas profesionales necesarios durante el MORDAZA judicial, se efectuara mediante el sistema de honorarios de exito. Articulo 3º.- La contratacion de los servicios profesionales a que se hace referencia en el articulo MORDAZA, incluyendo los honorarios, condiciones y gastos que se acuerden para dicha contratacion, sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, la cual autorizara la suscripcion del contrato respectivo. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 306867-13

Cancelan Exequatur que reconoce a Consul Ad Honorem de Austria en el MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 042-2009-RE MORDAZA, 28 de enero de 2009 Vista la Resolucion Suprema Nº 099-96-RE, de fecha 20 de marzo de 1996, que reconoce al senor MORDAZA MORDAZA Aubert Tamayo, como Consul Ad Honorem de la Republica de Austria en Cusco; Vista la Nota Nº 1.40.375-2008, de fecha 14 de enero de 2009, de la Embajada de Austria, mediante la cual se informa el termino de funciones del senor MORDAZA MORDAZA Aubert Tamayo, como Consul Honorario de Austria en MORDAZA, a partir del 1 de enero de 2009; Con la opinion favorable de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede la cancelacion del Exequatur otorgado; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º, inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru; y en el articulo 25º, incisos a y b, de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar el Exequatur que reconoce al senor MORDAZA MORDAZA Aubert Tamayo, como Consul Ad

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