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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (03/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de febrero de 2009 390156 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- Dentro de los siete (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior 308727-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2009-IN Lima, 2 de febrero de 2009 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 01-2009- DGPNP/INTERPOL-EM, del 7 de enero de 2009, formulada por la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, recomendando la autorización del viaje al extranjero en comisión del servicio de la Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Elizabeth Ruth PEÑA ZUÑIGA y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Adrian MARGARITO ORTIZ, a la ciudad de Bogotá - Colombia del 6 de febrero al 10 de febrero de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 130-2006-JUS, del 4 de agosto de 2006, se resuelve acceder al pedido de extradición activa del procesado Luis Fernando ARANGO FRANCO, formulado por el Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Colombia de conformidad a los Tratados de materia vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Oficio Nº 6724-2008-MP-FN-UCJIE, del 31OCT2008 la doctora Secilia HINOJOSA CUBA, Fiscal Adjunta Suprema Titular, Jefe de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones remite el facsímil (DGL/CJE) Nº 991 cursado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, que adjunta el Oficio DAI Nº 013372 de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la República de Colombia, por lo que solicita, a fi n de ejecutar dicha extradición, se indique la identidad de los funcionarios policiales que recibirán al indicado extraditable, así como la fecha y hora del vuelo respectivo; Que, con Memorándum Múltiple Nº 09-2009-DIRGEN- PNP/EMP-OAE del 16 de enero de 2009, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, aprueba y dispone la formulación del Proyecto de Resolución autoritativa del viaje al extranjero en comisión del servicio de la Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Elizabeth Ruth PEÑA ZUÑIGA y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Adrian MARGARITO ORTIZ, a la ciudad de Bogotá - Colombia, del 6 de febrero al 10 de febrero de 2009, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Luis Fernando ARANGO FRANCO, requerida por el Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas; Que, mediante Ofi cio Nº 75-2009-DIREJADM-PNP- DIRECFIN/EM del 20 de enero 2009, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 11-2009-DIRECFIN- PNP-DIVADM/DEPADM.ADB del 14 de enero de 2009, el Proyecto de Liquidación por Comisión de Servicio en el Extranjero del 6 de febrero al 10 de febrero de 2009; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 041-2009-DIREJADM- DIRECFIN-PNP-EM/UNIPRE del 20 de enero de 2009, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.1.3 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US $ 2,000.00 (dos mil 00/100 dólares americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Bogotá - Colombia, de la Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Elizabeth Ruth PEÑA ZUÑIGA y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Adrian MARGARITO ORTIZ, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, todos los gastos por concepto de viáticos serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior respectivamente y los gastos por concepto de pasajes e impuestos serán sufragados por el Estado Peruano, a través de la Subgerencia de Contabilidad, de la Gerencia de Administración, conforme a la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ “Procedimientos para la Adecuada Administración del Fondo para pagos en efectivo del Poder Judicial” y Directiva Nº 009-2003-GG-PJ “Normas y Procedimientos para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden Judicial”; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad