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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de febrero de 2009 390152 Nº ADMINISTRADOR LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO 68 Tarapoto Luis Alberto Prado Asenjo 69 Huallaga Central Jorge Luis Tarifeño Rojas Artículo 2º.- Los costos que irroguen las encargaturas señaladas en el artículo precedente afectarán al presupuesto del Pliego Nº 164 de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese Abelardo De la Torre Villanueva Jefe 308698-1 DEFENSA Nombran Director General de Economía de la Marina y Director de la Escuela Superior de Guerra Naval RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2009-DE/MGP Lima, 2 de febrero de 2009 Visto el Ofi cio P.200-107 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 23 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N° 574-2008-DE/ MGP de fecha 29 de diciembre de 2008, se resolvió nombrar a partir del 1 de enero de 2009 a los señores Contralmirantes de la Marina de Guerra del Perú en diversos empleos; Que, por razones del servicio se ha dispuesto el cambio de empleo de algunos Ofi ciales Almirantes a partir del 1 de febrero de 2009; Que, el Artículo 15° inciso (A) de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el nombramiento y asignación en el empleo de Ofi ciales Generales y Almirantes se efectúa mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta del Comandante General de la Institución correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar a partir del 1 de febrero de 2009, a los señores Contralmirantes de la Marina de Guerra del Perú que se indican, en los empleos siguientes: ORIGEN DESTINO DIRECTOR DE LA ESCUELA DIRECTOR GENERAL DE SUPERIOR DE GUERRA NAVAL ECONOMIA DE LA MARINA Contralmirante Carlos Alberto DE IZCUE Arnillas DIRECTOR DEL INSTITUTO DIRECTOR DE LA ESCUELA SUPERIOR TECNOLOGICO NAVAL SUPERIOR DE GUERRA NAVAL Contralmirante Hugo Ernesto ORMEÑO Baglietto Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 308727-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito con el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional y el Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2009-EF/75 Lima, 30 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 143-2008-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Interno con el Banco de la Nación hasta por S/. 802 285 000,00 (Ochocientos Dos Millones Doscientos Ochenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), para fi nanciar el segundo tramo de los requerimientos de las Fuerzas Armadas en el marco del Núcleo Básico de Defensa, a ser ejecutado por el Ministerio de Defensa; Que, el Artículo 4° del citado Decreto Supremo dispuso que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la referida operación de endeudamiento, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del Fondo de Defensa creado por la Ley Nº 28455 y sus modifi catorias, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; Que, la Resolución Directoral Nº 011-2007- EF/75.01 señala que en el caso de las operaciones de endeudamiento que acuerde el Gobierno Nacional y cuyo servicio de deuda sea atendido con cargo a los fondos que la respectiva entidad deba transferir a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, y que provienen de una fuente de fi nanciamiento distinta a la de “Recursos Ordinarios”; la entidad y la Dirección Nacional del Endeudamiento Público deberán suscribir un Convenio de Traspaso de Recursos, donde se establezcan los términos y condiciones del correspondiente traslado de fondos; Que, asimismo, de acuerdo con el Artículo 4º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el reembolso a favor del Gobierno Nacional correspondiente a compromisos generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, será efectuada a través de la constitución de un fi deicomiso; Que, en virtud al Artículo 21º de la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 05- 2006-EF/75.01, los Convenios de Traspaso de Recursos se aprueban por resolución ministerial, la cual también aprobará su respectivo mecanismo de garantía; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2008- EF/75, se aprobó la constitución de un fi deicomiso con cargo a los recursos del Fondo de Defensa creado por la Ley Nº 28455 y sus modifi catorias, para asegurar la oportuna atención del servicio de deuda de la operación endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 218-2007-EF; Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente incluir dentro del objeto del Fideicomiso aprobado por la Resolución Ministerial Nº 179-2008-EF/75, la atención del servicio de deuda de la operación de endeudamiento aprobada por el Decreto Supremo N° 143-2008-EF, para lo cual dicho fi deicomiso deberá ser modifi cado en lo que le corresponda; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29290 y el Decreto Supremo N° 143-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía