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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (03/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de febrero de 2009 390169 i) Continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperación de los créditos otorgados por dicho banco, así como para el cobro de los reaseguros y coaseguros, en caso corresponda. j) Otorgar los documentos de cancelación y levantamiento de garantías que se requieran, de acuerdo a ley. k) Transferir, parcial o totalmente, en venta o administración, la cartera de colocaciones a una o más personas jurídicas. l) Suscribir los Balances y los Estados Financieros, así como toda la documentación que se presente a esta Superintendencia, para su aprobación. m) Ordenar los pagos a los acreedores conforme a la prelación establecida. n) Abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros, sean a plazo o no, obtener certifi cados y realizar todo otro tipo de depósitos e imposiciones; sobre las cuentas corrientes, de ahorros y de plazo; girar cheques sobre los saldos acreedores; emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depósitos y/o retiros; abrir, desdoblar y cancelar los certifi cados a plazo, cobrarlos, endosarlos, y retirarlos; y en general, efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objeto de la liquidación. o) En tanto no exista una posibilidad de venta de los bienes, éstos podrán ser objeto de arrendamiento, suscribiendo para tales efectos los documentos e instrumentos públicos o privados que sean necesarios; cuidando que no se afecte el objeto de la liquidación. p) Iniciar procesos judiciales y continuar con los iniciados indistintamente por dicho banco en contra de terceros. q) Mantener los recursos líquidos de la liquidación en empresas de operaciones múltiples clasifi cadas en las categorías “A” o “B”, según la norma vigente sobre la materia. r) Usar el sello de la empresa; expedir y retirar la correspondencia, cualquiera sea su naturaleza. s) Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento de las acciones que le han sido encomendadas. A tal fi n, el liquidador encargado de administrar el proceso liquidatorio del banco, cuenta con todos los poderes necesarios para cumplir las funciones que le corresponden por el sólo hecho de fi rmar los contratos correspondientes. Cuenta con todas las facultades generales y especiales para litigar, contenidas en los artículos 74° y 75° del Código Procesal Civil, gozando estos poderes de las prerrogativas señaladas en el artículo 368º de la Ley General. Adicionalmente, podrá delegar facultades para el mejor desarrollo de sus actividades. t) Las demás acciones necesarias para realizar su labor de administración de la liquidación, así como las que la Superintendencia autorice. La descripción de las facultades tiene un carácter enunciativo y no limitativo, siendo extensivas a todos los actos que se requieran para ejecutarlas efi cazmente. La persona encargada del proceso liquidatorio, deberá observar lo dispuesto por el Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 455-99 de fecha 25 de mayo de 1999, así como en sus disposiciones modifi catorias y complementarias. Artículo Segundo.- Revocar todos aquellos poderes conferidos al Consorcio integrado por DEFINE S.A., Dirección Integral y Gestión de Empresas S.A.C. (DIRIGE S.A.C.) y Soluciones en Procesamiento S.A., como Persona Jurídica Liquidadora del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, en consecuencia dejar sin efecto las Resoluciones SBS Nros. 124-2003 y 931-2006 de fechas 30 de enero de 2003 y 19 de julio de 2006, respectivamente, por las cuales se otorgaron dichos poderes. Artículo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General, la suscripción del Contrato de Locación de Servicios con el nuevo Liquidador del Banco Nuevo Mundo en Liquidación. Artículo Cuarto.- Encargar al nuevo Liquidador del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, los trámites pertinentes ante los Registros Públicos, a fi n de inscribir la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a Registros Públicos para su correspondiente inscripción. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 308699-1 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de Decano de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM a Portugal para participar en congresos de Derecho Romano UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 00496-R-09 Lima, 2 de febrero del 2009 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 01041-FD-09 de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, sobre viaje al exterior en comisión de servicios. CONSIDERANDO: Que el Dr. JOSÉ ANTONIO ÑIQUE DE LA PUENTE, con código N° 04864A, Decano de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, solicita se le declare en Comisión de Servicios del 03 al 07 de febrero de 2009, para participar en representación de la Facultad, en el XI Congreso Internacional y XIV Congreso Iberoamericano de Derecho Romano, a realizarse en la ciudad de Lisboa, Portugal; Que la Facultad de Derecho y Ciencia Política, mediante Resolución de Decanato N° 086-D-FD-09 del 23 de enero de 2009, autoriza el viaje por comisión de servicios, del 03 al 07 de febrero de 2009, al Dr. JOSÉ ANTONIO ÑIQUE DE LA PUENTE, Decano de la citada Facultad, para que participe en los mencionados eventos; Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 1,875.00 dólares americanos por concepto de pasaje aéreo, US$ 664.00 dólares americanos por concepto de Viáticos e Instalación, US$ 30.25 dólares americanos por concepto de Tarifa CORPAC, y US$ 82.80 dólares americanos por concepto de Inscripción al Evento, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Derecho y Ciencia Política; Que la participación del mencionado docente en los eventos antes señalados benefi ciará a la Comunidad Universitaria Sanmarquina en lo académico y científi co, por cuanto elevará el nivel y calidad de enseñanza en la Universidad; así como, redundará a favor de la imagen de nuestro país, y contribuirá a su promoción económica; Que a fi n de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, es necesario encargar el Decanato de la citada Facultad al Dr. GERMAN SMALL ARANA, por el período que dure la ausencia del titular; Que la Ofi cina General de Planifi cación mediante Ofi cio N° 378-OGPL-2009, emite opinión favorable al respecto; Que se cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 8° de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 07 de marzo de 2003, modifi cada con Resolución Rectoral N° 00235-R-06 del 25 de enero de 2006; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y sus modifi catorias;