Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (03/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de febrero de 2009 390162 Investigación, Normalización y Planeamiento Físico y del Equipo de Asuntos Legales, respectivamente; Que, al encontrarse acreditado el cumplimiento de los presupuestos establecidos en la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26338, modificada por la Ley Nº 28696, procedería adscribir el Anexo 24 de la Comunidad Campesina de Jicarmarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí al ámbito de responsabilidad de SEDAPAL Que, de otro lado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 26338 - Ley General de Servicios de Saneamiento, el artículo 67 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA y los artículos 7.15 y 7.16 del Reglamento de Prestación de Servicios de SEDAPAL, el diseño, supervisión y ejecución de los proyectos de inversión que resulten necesarios para la ampliación de la cobertura de servicios deberá contar con la respectiva factibilidad técnica; Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Servicios de Saneamiento, correspondería solicitar a SUNASS el fi nanciamiento adicional para los proyectos de inversión en la zona que sería adscrita, toda vez que en el estudio tarifario realizado por SUNASS para la aprobación de las Fórmulas Tarifarias 2006-2011, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2006-SUNASS- CD, no se contempla fi nanciamiento para los proyectos de inversión en la mencionada zona; Con las conformidades de SEDAPAL, la Dirección Nacional de Saneamiento, el Viceministerio de Construcción y Saneamiento; y con las visaciones de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045- 2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adscribir el Anexo 24 de la Comunidad Campesina de Jicarmarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima al ámbito de responsabilidad de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL Artículo 2º.- Disponer que el diseño, supervisión y ejecución de los proyectos de inversión que resulten necesarios para la ampliación de la cobertura de servicios de saneamiento en la jurisdicción señalada en el artículo que antecede, deberán contar con la respectiva factibilidad técnica otorgada por SEDAPAL. Artículo 3º.- Disponer que SEDAPAL solicite el fi nanciamiento adicional, del previsto en el estudio tarifario aprobado por la SUNASS, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2006-SUNASS/CD, para los proyectos de inversión en la zona adscrita. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 308332-1 Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social de la ciudad de Tarma, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2009-VIVIENDA Lima, 2 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo No. 002-97- PROMUDEH, modifi cado por el Decreto Supremo No. 004-2003-MIMDES, se dispuso que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, integre con un representante los Directorios de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social; Que, con Resolución Ministerial No. 101-2007- VIVIENDA, entre otros, se designó, a don Guillermo Torres Calixto, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de la ciudad de Tarma, Departamento de Junín, siendo necesario dar por concluida la misma, y designar a la persona que ocupará dicho cargo en su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y en su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de don GUILLERMO TORRES CALIXTO, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de la ciudad de Tarma, Departamento de Junín, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, a don JUAN MANUEL CASABONA TACURI, como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social de la ciudad de Tarma, Departamento de Junín, en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 308332-2 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan funcionario en la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Alimentaria y Nutrición RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 37-2009-J-OPE/INS Lima, 2 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 604-2008-J- OPE/INS de fecha 31 de diciembre de 2008, se resolvió encargar con efectividad al 01 de enero de 2009 diversos puestos de las Direcciones Ejecutivas del Instituto Nacional de Salud y, entre ellos, se encarga a la Lic. Doris Velásquez Cabrera la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Alimentaria y Nutricional del Instituto Nacional de Salud, Nivel F-3; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura precitada y designar al funcionario que asumirá la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Alimentaria y Nutricional del Instituto Nacional de Salud, siendo necesario emitir la resolución pertinente;