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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (11/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de febrero de 2009 390667 ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la creación del SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO, el mismo que como anexo Nº 1 forma parte de la presente Ordenanza y consta de 5 Títulos, 32 artículos y uno Disposición Transitoria, Complementaria y Final. Artículo Segundo.- APROBAR en vía de regularización la creación de la COMISIÓN AMBIENTAL DE CHACLACAYO, la misma que como anexo Nº 2 forma parte de la presente Ordenanza y consta de 10 artículos Artículo Tercero.- ENCARGAR A LA Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en la página Web, www.munichaclacayo.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 311479-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban Cronograma de Vencimientos del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-ALC/MSI San Isidro, 3 de febrero de 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal las formas de pago del impuesto Predial son: al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas, en cuyo caso, la primera cuota es equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y debe pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo quinto de la Ordenanza Nº 244-MSI los arbitrios municipales son de periodicidad mensual, y su vencimiento coincidirá con el vencimiento de las cuotas trimestrales del Impuesto Predial; Que, mediante la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 244-MSI, el Concejo Municipal facultó al Alcalde de San Isidro para que mediante Decreto dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de dicha Ordenanza y prorrogue la fecha de vencimiento de los pagos mensuales, de ser el caso; Que, conforme lo señala el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas que sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal que regulan asuntos de orden general e interés para el vecindario; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la obligación tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es la política de la presente administración brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales de naturaleza tributaria; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, se sanciona la siguiente: DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma de Vencimientos del Impuesto Predial 2009. Pago al Contado: : 27 de febrero de 2009 Pago Fraccionado: Primera Cuota : 27 de febrero de 2009 Segunda Cuota : 29 de mayo de 2009 Tercera Cuota : 31 de agosto de 2009 Cuarta Cuota : 30 de noviembre de 2009 Artículo Segundo.- ESTABLECER que los vencimientos de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2009 coincidirán con los vencimientos de las cuotas por pagos fraccionados del Impuesto Predial conforme al siguiente detalle: Por los meses de enero y febrero : 27 de febrero de 2009 Por los meses de marzo, abril y mayo : 29 de mayo de 2009 Por los meses de junio, julio y agosto : 31 de agosto de 2009 Por los meses de setiembre, octubre, : 30 de noviembre de 2009 noviembre y diciembre 2009 Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Comunicaciones e Imagen. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 311144-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASTILLA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 031-2009-MPC Mediante Ofi cio Nº 062-2009/MPC la Municipalidad Provincial de Castilla solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 031-2009-MPC, publicada en la edición del día 28 de enero de 2009. En el número de la Ordenanza DICE: ORDENANZA Nº 031-2009-MPC. DEBE DECIR: ORDENANZA Nº 001-2009-MPC. En la sexta línea del Cuarto Considerando de la Ordenanza DICE: Concejo Municipal de Castilla, en Sesión celebrada el de enero de 2009, aprobó la siguiente DEBE DECIR: Concejo Municipal de Castilla en Sesión celebrada el 24 de enero de 2009, aprobó la siguiente 309882-1