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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2009 (14/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de julio de 2009 399084 Fiscalizan el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, así como el seguimiento respecto al cumplimiento de los acuerdos en la ejecución del Presupuesto participativo. d) Agentes Participantes.- Miembros que representan a las diversas organizaciones de la sociedad civil y organismos del Estado de incidencia distrital que son debidamente acreditados, quienes participan y toman decisiones en la formulación del Presupuesto Participativo. e) Equipo Técnico.- Asesora, brinda asistencia técnica y apoya en la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso. f) Comité de Vigilancia.- Vigila el cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo y en la ejecución de los proyectos priorizados. Artículo 6.- CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO: - Gerente de Administración, Finanzas y Presupuesto (Preside) - Gerente de Desarrollo Urbano. - Gerente de Desarrollo Ecológico. - Sub Gerente de Desarrollo Económico - Jefe de la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo. - Sub Gerente de Desarrollo Humano - Sub Gerente de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal - Encargado de la Ofi cina de Programación e Inversiones (OPI) - 5 Consejeros Sociales del Consejo de Coordinación Local Distrital - 3 Regidores del Consejo de Coordinación Local Distrital. - 2 representantes de las Ongs. (1 de SEA y 1 del Cendipp) - 2 representantes de las Iglesias (Católica y Evangélica). Artículo 7.- RESPONSABILIDAD DEL EQUIPO TÉCNICO: Las responsabilidades del Equipo Técnico son: a) Brindar apoyo para la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso. b) Preparar la información para el desarrollo de los talleres de trabajo y la formalización de acuerdos. c) Desarrollar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos, verifi cando que corresponden al ámbito de competencia del nivel de gobierno y a los estándares técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) cuando corresponde evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo. d) Preparar y presentar la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica. e) Informar a los agentes participantes la asignación presupuestaria disponible para el desarrollo del proceso. f) Elaborar los instrumentos normativos y técnicos que requiera el proceso y sistematizar la información para su futura difusión. Artículo 8.- DE LOS AGENTES PARTICIPANTES: Son agentes participantes con voz y sin voto: - Los miembros del Equipo Técnico. Son agentes participantes con voz y voto: - Los representantes de las diversas organizaciones de la sociedad civil y organismos del Estado de incidencia distrital, debidamente acreditadas. Los agentes participantes actuarán en todas las etapas de acuerdo al cronograma del proceso del Presupuesto Participativo establecido en la presente Ordenanza y sus normas reglamentarias, siendo sus cargos Ad Honorem y de participación social. Artículo 9.- Apruébese el Cronograma de Ejecución de Actividades de las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 del Distrito de El Agustino, la misma que con Anexo 01 forman parte del presente Reglamento. CAPÍTULO II FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 10.- PROGRAMACIÓN Y METODOLOGIA DEL PROCESO PARTICIPATIVO 2010 Primera Fase : Preparación Segunda Fase : Concertación Tercera Fase : Coordinación entre Niveles de Gobierno Cuarta Fase : Formalización Artículo 11.- PRIMERA FASE: PREPARACIÓN Comprende las acciones de planifi cación, defi nición de las diversas actividades que se ejecutarán en el proceso de formulación del Presupuesto Participativo, esta comprenden las siguientes acciones: a) El Alcalde, de común acuerdo con el Consejo de Coordinación Local, propone la Ordenanza y Cronograma del proceso del Presupuesto Participativo al Concejo Municipal, para su aprobación y difusión. b) Conformación del Equipo Técnico. c) Preparación de materiales para la realización de los talleres. d) Comunicación pública del inicio del proceso del Presupuesto Participativo año fi scal 2010. e) El Gobierno Local, en coordinación con su Consejo de Coordinación Local Distrital, convoca a la población organizada a participar en el proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados. f) Identifi cación, Registro e Inscripción de Agentes Participantes. El Gobierno Local mediante Ordenanza, dispone las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de Agentes Participantes. A partir de la vigencia de la presente Ordenanza la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo, tendrá a su cargo la apertura del Libro de Registros de Agentes Participantes conforme al modelo del formato establecido en el anexo 04 del Instructivo. Los Agentes Participantes (titular y suplente) serán elegidos y acreditados a través de una asamblea de la Organización a la que representan. Para inscribirse en el Libro de Registro de Agentes Participantes se necesitan los siguientes requisitos: - Copia del Acta de Asamblea donde fue elegido y acreditado el/la Agente Participante (titular y suplente). - Fotocopia simple de la Resolución de Inscripción de la Organización en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) o la partida electrónica de los Registros Públicos vigentes. - Fotocopias de documentos de identidad de los representantes de la Organización, titular y suplente, inscritos en el Distrito de El Agustino. La inscripción de casos especiales (Redes, espacios de concertación, agrupaciones de niños, adolescentes y jóvenes, empresas y otros) será atendida por la Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo. g) La Unidad de Participación Vecinal, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo acreditará a los/las agentes participantes siguiendo el procedimiento formal y dispondrá la publicación de las listas de las organizaciones y personas de la Sociedad Civil inscritas a través del portal electrónico Institucional y periódico mural de la Municipalidad. h) Capacitación a los agentes participantes. El Gobierno Local, a través del Equipo Técnico, implementan mecanismos de capacitación de desarrollo de capacidades, en forma descentralizada, ajustándose a las necesidades y características de la jurisdicción, bajo las modalidades de talleres. Artículo 12.- SEGUNDA FASE: CONCERTACIÓN 1. Talleres Descentralizados de Rendición de Cuentas, la Municipalidad informará lo actuado en relación a la ejecución de los proyectos de inversión priorizados en los presupuestos participativos 2009 y años anteriores