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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de julio de 2009 399079 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 3 de julio de los corrientes, la señora doctora Hilda Julia Huerta Rios, Juez del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, solicita se le conceda sus vacaciones pendientes por el periodo comprendido del 13 al 24 de julio del presente año. Que, la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 246º, dispone que las vacaciones de los magistrados, se establecen en dos etapas sucesivas, cada una de treinta días, en los meses de febrero y marzo de cada año, siendo facultad del Consejo excepcionalmente dictarla en un tiempo distinto. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa Nº 265-2008-CE-PJ, ha regulado las vacaciones de los magistrados y servidores judiciales para el mes de febrero del año en curso, disponiendo que aquellos que trabajaron durante dicho mes hagan uso de sus vacaciones según las necesidades del servicio. Que, conforme informa la Ofi cina de Personal por documento de fecha 9 de julio de los corrientes, la citada magistrada tiene pendiente a la fecha 15 días de vacaciones, por lo que su petición debe atenderse al encontrarse dentro del supuesto del artículo sétimo de la Resolución Administrativa que regula las vacaciones del presente año. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º, inciso 3, 4 y 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia, RESUELVE: Primero.- CONCEDER vacaciones pendientes a la doctora HILDA JULIA HUERTA RIOS, Juez del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, por el periodo comprendido del 13 al 24 de julio del presente año. Segundo.- DISPONER que el señor doctor LUIS HUMBERTO REQUEJO LAZARO, Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, en adición de sus funciones, se haga cargo del despacho del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, por el periodo comprendido del 13 al 24 de julio del presente año. Tercero.- Póngase la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia de Personal y Escalafón del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura y la Ofi cina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CARLOS ALBERTO CALDERON PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 371310-6 Conceden licencia a magistrada y disponen que el Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla se haga cargo del despacho del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 362-2009-CSJLN/PJ Lima Norte, nueve de julio de dos mil nueve.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, la doctora Hilda Julia Huerta Rios, Juez del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, ha solicitado licencia con goce de haber por motivo de su onomástico, por el día 30 de julio de los corrientes, acreditándolo con copia de su documento de identidad. Que, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 240º dispone que los Magistrados, por justa causa, gozan de licencia. Que, la Resolución Administrativa 005-92-OGI-PJ de fecha 10 de septiembre de 1992, emitida por la Corte Suprema, en su artículo 86º establece que al trabajador judicial el día de su cumpleaños se le otorgará un día de licencia con goce de remuneraciones y si la fecha fuese sábado, domingo o feriado, se tomara el primer día útil siguiente. Que, dicha norma se encuentra vigente para los servidores y magistrados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, por lo que la solicitud de licencia presentada cumple con los requisitos exigidos por ley. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º, inciso 3), 4) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia, RESUELVE: Primero.- CONCEDER licencia con goce de haber, a la doctora HILDA JULIA HUERTA RIOS, Juez del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, por motivo de su onomástico, por el día 30 de julio del presente año. Segundo.- DISPONER que el señor doctor LUIS HUMBERTO REQUEJO LAZARO, Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, en adición de sus funciones, se haga cargo del despacho del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, por el día 30 de julio del presente año. Tercero.- Póngase la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CARLOS ALBERTO CALDERON PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 371310-7 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 398-2009-P-CSJLI/PJ Mediante Ofi cio Nº 490-2009-RA-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 398-2009-P-CSJLI/PJ, publicada en nuestra edición del día 10 de julio de 2009. DICE: ... Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Señor doctor OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA, Juez Superior Titular, por los días 10 y 13 de julio del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Primera Sala Contencioso Administrativa de Lima. DEBE DECIR: ... Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Señor doctor OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA, Juez Superior Titular, a partir del 10 al 13 de julio del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Primera Sala Contencioso Administrativa de Lima. 371916-1 ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Disponen que son inscribibles las propuestas registrales de adopción de persona capaz, cuando el adoptante es cónyuge del padre o madre biológico del adoptado, caso en el cual el adoptado conserva el vínculo consanguíneo con su padre o madre biológico, cónyuge del adoptante RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 413-2009-JNAC/RENIEC Lima, 10 de julio de 2009