TEXTO PAGINA: 36
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de julio de 2009 399166 Municipalidad Provincial de Huaral y la Asociación Benéfi ca PRISMA, autorizando la suscripción al Señor Alcalde. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 056-2009-MPH- CM de la fecha, se aprobaron los términos del Convenio Marco entre la Municipalidad Provincial de Huaral y la Asociación Benéfi ca PRISMA; para trabajar de manera conjunta en la formulación y ejecución de proyectos y/o programas de desarrollo específi cos a favor de la población en riesgo de la Provincia-Distrito de Huaral; autorizando al Señor Alcalde, Dr. Jaime Uribe Ochoa, la suscripción del mismo. Que, existe un problema mundial denominado la INFLUENZA conocido como LA GRIPE A(H1N1), este problema, aunque aun no llega a Huaral, se esta expandiendo por todo el mundo y hoy como gobierno local debemos dar la iniciativa de prevención con la realización de campañas de sensibilización y determinando la necesidad de priorizar este tipo de acciones. Que, con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los Numerales 8) y 14) del Artículo 9º y Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PROMUEVE LA CONFORMACIÓN DE UN COMITÉ DISTRITAL INTERINSTITUCIONAL DE LAVADO DE MANOS Artículo Primero.- PROMOVER la conformación de un Comité Distrital Interinstitucional de Lavado de Manos, con la participación de las autoridades de salud, educación y de organizaciones sociales de base. Artículo Segundo.- DISPONER que el Comité tenga a su cargo la promoción, monitoreo y evaluación de las actividades que se realicen en el marco del Programa Lavado de Manos, con integrantes designados por un lapso inicial de dos (02) años. Artículo Tercero.- DISPONER la participación de la Sub Gerencia de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad, Gerencia de Desarrollo Humano, Sub Gerencia de Participación Vecinal, OMAPED y DEMUNA, Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología y Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deporte. DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- PRIORIZAR la realización de actividades preventivas promocionales en toda la provincia de Huaral en coordinación con el sector salud a nivel local. POR CUANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 372069-1 Modifican Cronograma de pago de los Arbitrios Municipales 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2009-MPH Huaral, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Técnico Nº 017-2009-GAT/MPH recibido en la fecha, a través del cual la Gerencia de Administración Tributaria propone se modifi que el cronograma de vencimiento de los Arbitrios Municipales 2009; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) Que, por medio de la Ordenanza Nº 019-2008-MPH de fecha 18 de Diciembre del 2008, se aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Áreas Verdes y Serenazgo 2009; asimismo, la primera disposición transitoria y fi nal faculta al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación. Que, con Ordenanza Municipal Nº 001-2009-MPH de fecha 22 de enero del 2009, se aprueba la Codifi cación Catastral, disponiendo la obligatoriedad de su uso y actualización catastral a fi n de identifi car a los predios urbanos del Distrito y Provincia de Huaral, codifi cación que en formato digital se encuentra formando parte del Sistema de Información Catastral, de la Municipalidad Provincial de Huaral; asimismo, la segunda disposición complementaria y fi nal faculta al Alcalde para dictar las normas complementarias de esta Ordenanza, así como aprobar los Formularios y Formatos Requeridos, mediante Decreto de Alcaldía. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2009- MPH de fecha 26 de febrero del 2009, se establece el monto a pagar por la Emisión Mecanizada de las Hojas de Liquidación de los Arbitrios Municipales 2009; asimismo, la primera disposición transitoria y fi nal faculta al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto, prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para su aplicación. Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 005-2009-MPH de fecha 23 de abril del 2009 se modifi có el Cronograma de Pago de los Arbitrios Municipales 2009; encargando a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto Racionalización, Sistemas y Cooperación Internacional la ejecución del mismo. Que, por medio del Decreto de Alcaldía Nº 016-2009- MPH de fecha 29 de mayo del 2009, se amplió la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 002-2009-MPH “Benefi cio Fiscal 2009”, establecida mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2009-MPH, hasta el 31 de Julio del 2009; asimismo con Decreto de Alcaldía Nº 017-2009-MPH de la misma fecha se amplió la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 003- 2009-MPH “Campaña Predial y Vehicular 2009”, establecida mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2009-MPH, hasta el 31 de julio del 2009. Que, a través del Informe Técnico de Visto, la Gerencia de Administración Tributaria manifi esta que hasta la fecha no se han emitido los Arbitrios Municipales 2009 por cuanto la información recibida del Proyecto Catastro presenta inconsistencias, tal como se encuentra detallado en el Informe Nº 135-2009-SGROC-GAT-MPH; por lo que, señala, que se la promulgación del Decreto de Alcaldía que modifi que el cronograma de vencimiento de los Arbitrios Municipales 2009. Que, con Proveído Nº 592-2009-MPH-GM inserto en Documento de Visto, la Gerencia Municipal remite el Informe a Secretaría General a fi n que emita el Decreto correspondiente. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de las atribuciones en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma de Pago de los Arbitrios Municipales 2009; estableciéndose las siguientes fechas de pago: Enero y Febrero: Vence 30 de Julio del 2009. Marzo y Abril: Vence 20 de Agosto del 2009. Mayo y Junio: Vence 21 de Setiembre del 2009. Julio y Agosto: Vence 20 de Octubre del 2009. Septiembre y Octubre: Vence 20 de Noviembre del 2009. Noviembre y Diciembre: Vence 28 de Diciembre del 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto Racionalización, Sistemas y Cooperación Internacional el cumplimiento del presente Decreto, a Secretaria General su publicación y a Imagen Institucional su respectiva difusión. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, que el presente Decreto sea publicado en la página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 372070-1