TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de julio de 2009 399150 de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD; Que, de lo señalado, se puede verificar que el procedimiento previo para la aprobación de las Bases Integradas ha discurrido con normalidad, dentro de lo previsto en la citada norma y en las Bases del proceso, correspondiendo como siguiente fase, la aprobación por parte de OSINERGMIN de las Bases Integradas para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para Edelnor S.A.A.; Que, se han emitido el Informe N° 0279-2009-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe N° 0280-2009-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Edelnor S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www. osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 372602-1 Aprueban Bases para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Electro Sur Medio S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 115-2009-OS/CD Lima, 14 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante “Ley”), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros años de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”) podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a tres (3) años para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no será mayor a cinco (5) años; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, fórmulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, la Norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante “Norma Lineamientos”) es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, con fecha 03 de junio de 2009, la empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante “ELECTRO SUR MEDIO”), de conformidad con el numeral 3 del Artículo 4° de la Ley, publicó en su página Web y en un diario de circulación nacional su intención de iniciar un proceso de licitación pública para la contratación de suministro de potencia y energía. De acuerdo a lo informado por la mencionada empresa, ninguna empresa manifestó su intención de incorporarse al procedimiento al amparo del Artículo 4.3 de la Ley; Que, con fecha 08 de julio de 2009, se recibió la carta N° A-07607-2009/GC con la propuesta de Bases para la Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución ELECTRO SUR MEDIO, la cual fue complementada mediante la carta Nº A-07702-2009/GC recibida el 10 de julio de 2009.; Que, en aplicación de lo señalado en el numeral 3.12 de la Norma Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitación, para cuya determinación se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolución OSINERGMIN N° 053-2009- OS/CD que fi jó los Precios en Barra para el período mayo 2009 – abril 2010; Que, se han emitido el Informe N° 0284-2009-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe N° 285-2009-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiéndose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución ELECTRO SUR MEDIO; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases señaladas en el Artículo 2°: Punto de Suministro Barra de Entrega y Medición Factores Nodales de Potencia Factores Nodales de Energía Horas Punta Horas Fuera de Punta SE Ica SE Ica 60 kV 1,0096 1,0093 1,0179 SE Ica 10 kV 1,0208 1,0182 1,0270 SE Independencia SE Independencia 60 kV 1,0037 0,9971 1,0059 SE Independencia 10 kV 1,0148 1,0060 1,0149