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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de julio de 2009 399636 Anual Hasta el 17 de mayo de 2010 (Dentro de los 45 días siguientes de vencido el ejercicio presupuestario). A la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República. Hasta el 24 de mayo de 2010. (Dentro de los 5 días calendario siguientes del plazo para su elaboración). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 377357-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a Electronorte S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en distritos del departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SUPREMA N° 057-2009-EM Lima, 24 de julio de 2009 VISTO: El Expediente N° 14162008, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., persona jurídica inscrita en el Asiento N° 1, Fojas N° 347 del Tomo N° 38 del Registro de Sociedades Mercantiles de la Ofi cina Registral de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Carhuaquero – S.E. Jaén, ubicada en los distritos de Jaén, Choros, Pimpingos, Santa Cruz, Callayuc, Santo Domingo de la Capilla, Cutervo, Cochabamba, Huambos y Llama, provincias de Jaén, Cutervo y Chota, departamento de Cajamarca, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 070-2004- MEM/AAE, de fecha 24 de junio de 2004, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Carhuaquero – S.E. Jaén; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 155- 2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Carhuaquero – S.E. Jaén, ubicada en los distritos de Jaén, Choros, Pimpingos, Santa Cruz, Callayuc, Santo Domingo de la Capilla, Cutervo, Cochabamba, Huambos y Llama, provincias de Jaén, Cutervo y Chota, departamento de Cajamarca, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3° de la presente Resolución. Artículo 2°.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) S.E. CARHUAQUERO – SE JAEN 138 01 153,6 20 Artículo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 337 - 2009 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., el que consta de 17 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 337 - 2009 referido en el artículo 3° de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 377366-6 PRODUCE Aprueban Reglamento del “Premio Presidente de la República al Emprendimiento, Esfuerzo y Desarrollo Empresarial de la micro y pequeña empresa - MYPE” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2009-PRODUCE Lima, 22 de julio de 2009 VISTA: la propuesta de Reglamento del Premio Presidencia de la República al Emprendimiento, Esfuerzo y Desarrollo Empresarial de la Micro y Pequeña Empresa –MYPE de la Dirección General de MYPE y Cooperativas; y,