Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2009 (25/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

399625

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 000008.- Autorizan funcionamiento de los equipos electronicos denominados Detec en la Av. La MORDAZA, cruce con el Jr. Callao 399674 D.A. Nº 000009.- Autorizan funcionamiento de equipos electronicos denominados Policia Electronico en la cuadra 52 de la Av. MORDAZA 399675 D.A. Nº 000010.- Autorizan funcionamiento de los equipos electronicos denominados Bandera electronica y Policia Electronico en la cuadra 8 de la Av. MORDAZA 399675 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Acuerdo Nº 002-022/2009.- Aprueban Reglamento del MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local 399676

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO RR.AA. Nºs. 294 y 295-2009-MPCH/A.- Designan funcionarios responsables de entregar informacion publica y de elaborar y actualizar el MORDAZA de transparencia de la Municipalidad 399677 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA R.A. Nº 167-2007/MDSA.- Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad 399678

SEPARATA ESPECIAL
SEGURO SOCIAL DE SALUD Res. N° 379-GG-ESSALUD-2009.- Normas para el canje de Certificados Medicos Particulares por Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo - CITT 399609 Articulo 4º.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA de dos mil nueve. MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29390
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica; Ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE EXONERA AL ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL (COFOPRI) DEL PAGO DE TASAS REGISTRALES, MUNICIPALES, ARANCELES U OTROS COBROS PARA LA EJECUCION DE LA FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD MORDAZA Y RURAL
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Exonerase, por el plazo de dos (2) anos, del pago de tasas registrales, municipales, aranceles u otros cobros que cualquier institucion publica exige por la prestacion de sus servicios al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (Cofopri) para la ejecucion de la formalizacion de la propiedad MORDAZA y rural. Articulo 2º.- Exoneracion al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (Cofopri) El Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (Cofopri), dentro de los alcances del articulo 1º, esta exonerado del pago por los servicios de transferencia, informacion y documentacion, a traves de cualquier medio, y cualquier otra accion requerida o dispuesta para la ejecucion de la formalizacion de la propiedad MORDAZA y rural, en el ambito nacional, para el cumplimiento de sus objetivos institucionales. Articulo 3º.- Excepcion La presente Ley se encuentra exceptuada de las disposiciones senaladas en el Decreto Legislativo Nº 977, que establece la Ley MORDAZA para la Dacion de Exoneraciones, Incentivos o Beneficios Tributarios.

Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 377366-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Convocan a Municipales nuevas Elecciones

DECRETO SUPREMO N° 050-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru establece que corresponde al Presidente

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