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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2009 (25/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de julio de 2009 399630 que operan en Convenio de Cooperación Institucional entre la Marina de Guerra del Perú y PETROPERÚ, con la fi nalidad de cumplir con la reserva de carga del transporte de hidrocarburos que requiere el país, por razones de seguridad y Defensa Nacional; Que, en el Plan Anual de Contrataciones de Carácter Público de la Marina de Guerra del Perú, correspondiente al Año Fiscal 2009, está considerado el diqueo del B.A.P. “ZORRITOS”, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 01A11002, Sub-Meta 01, Partida 2.3 “Bienes y Servicios”; Que, el B.A.P. “ZORRITOS” (ATP-155) requiere se le efectúen trabajos de carena y reparación para mantener su certifi cación de clase que le permita seguir operando de acuerdo a las normas internacionales y a lo exigido por la Sociedad Clasifi cadora de la Nave; Que, al no existir en el país un astillero que pueda efectuar los trabajos de carena requeridos, debido a las dimensiones de la mencionada Unidad Naval, se consideró necesario que estos trabajos sean realizados en el extranjero; habiéndose otorgado para tal fi n, la buena pro al astillero BRASWELL INTERNATIONAL S.A. de Panamá, mediante Resolución Directoral N° 129-2009 DGM (R) de la Dirección General del Material de la Marina de fecha 25 de mayo de 2009; Que, el viaje se encuentra incluido en el Anexo 2, Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 36, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 309-2009-DE de fecha 24 de julio de 2009 que modifi ca la Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 que aprueba el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior del B.A.P. “ZORRITOS” (APT-155) y del Personal Naval de la respectiva dotación, a partir del 25 de julio al 21 de agosto de 2009, con la fi nalidad de realizar las reparaciones requeridas en el mencionado astillero por un periodo de VEINTE (20) días a partir del 1 al 20 de agosto de 2009, a realizarse en la ciudad de Balboa - REPÚBLICA DE PANAMÁ; Que, el Capitán de Navío José Augusto Jesús CARVAJAL Raymond, Capitán de Fragata Roberto ALCANDRE Angeles y Capitán de Corbeta Mario Miguel ALOR Hurtado, en su calidad de Inspectores del Servicio Naviero de la Marina, efectuarán la inspección de los trabajos de diqueo, por un periodo de VEINTE (20) días, para lo cual viajarán por vía aérea hacia la ciudad de Balboa - REPÚBLICA DE PANAMÁ, del 1 al 20 de agosto de 2009, por lo que se le deberá considerar el pago de los pasajes, tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos; Que, el pago por concepto de pasajes, tarifa única de uso de aeropuerto, asignación especial por estadía en puerto extranjero y viáticos del Personal Naval en Comisión de Servicio se efectuará con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 01A11002, Sub-Meta 01, Partida 2.3 “Bienes y Servicios”; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de visitas al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del B.A.P. “ZORRITOS” (ATP-155) y del Personal Naval de su respectiva dotación, que fi gura en la relación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 25 de julio al 21 de agosto de 2009, con la fi nalidad de efectuar los trabajos de carena y reparación en el astillero BRASWELL INTERNATIONAL S.A., por un periodo de VEINTE (20) días a partir del 1 al 20 de agosto de 2009, a realizarse en la ciudad de Balboa - REPÚBLICA DE PANAMÁ. El referido Anexo se publicará en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa www. mindef.gob.pe. Artículo 2°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío José Augusto Jesús CARVAJAL Raymond, CIP. 01726900, DNI. 43330978, Capitán de Fragata Roberto ALCANDRE Angeles, CIP. 01810832, DNI. 09824790 y Capitán de Corbeta Mario Miguel ALOR Hurtado, CIP. 00914186, DNI, 25746642, para que se desempeñen como Inspectores de los trabajos de diqueo de la referida Unidad, por un periodo de VEINTE (20) días, para lo cual viajarán por vía aérea hacia la ciudad de Balboa - REPÚBLICA DE PANAMÁ, del 1 al 20 de agosto de 2009. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 01A11002, Sub-Meta 01, Partida 2.3 “Bienes y Servicios”; de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Balboa (PANAMÁ) - Lima US$. 750.00 x 3 personas Viáticos: US $. 200.00 x 20 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $. 31.00 x 3 personas Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: US.$. 48.00 x 20 días x 2 Ofi ciales Superiores US.$. 40.00 x 20 días x 5 Ofi ciales Subalternos US.$. 30.00 x 20 días x 47 Personal Subalterno US.$. 21.00 X 20 días x 3 Personal de Marinería Artículo 4º.- El citado Personal Naval revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el periodo que dure la citada Comisión de Servicio. Artículo 5º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere los Artículos 1º y 2° y el reemplazo de cualquier personal que por motivos de fuerza mayor no pueda participar en la referida Comisión de Servicio, sin exceder el total de días y cantidad de personal autorizado. Artículo 6º.- El Ofi cial más antiguo, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 377366-5 Autorizan ingreso al territorio nacional de efectivos de la Marina de Guerra de la República Federativa de Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 698-2009-DE/SG Lima, 17 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (AMA) Nº F-709 de fecha 07 de julio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad