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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de junio de 2009 397900 Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la OMC; Que, con Resolución Directoral Nº 034-2007-AG- SENASA-DSV, se establece que las fi bras de algodón sin cardar ni peinar y los demás desperdicios de algodón están clasifi cadas en la Categoría de Riesgo Fitosanitario 3, por tal motivo, para su importación requieren del Permiso Fitosanitario de Importación, documento ofi cial que autoriza la importación de un producto vegetal; Que, con Resolución Directoral Nº 342-2002-AG- SENASA-DGSV se estableció los requisitos fi tosanitarios para la importación de fi bra sin cardar ni peinar de Argentina, tomándose en consideración la presencia en ese país de la plaga cuarentenaria Anthonomus grandis; Que, de acuerdo al Informe Técnico del visto el subproducto obtenido del proceso de peinado del algodón es conocido también como Noil o Blousse y para la obtención de este desperdicio la fi bra de algodón debe pasar por diferentes etapas como el cardado, mechado, estirado y peinado, no haciéndose una diferenciación de las zonas productoras originarias del algodón durante el proceso del peinado de esta fi bra. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 34- 2007-AG-SENASA-DSV y con el visto bueno del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de desperdicios del peinado del algodón (Noil) de origen y procedencia Argentina de la siguiente manera: 1. Que el envío cuente con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certifi cación y embarque en el país de origen o procedencia. 2. El envío deberá venir acompañado de un Certifi cado Fitosanitario ofi cial del país de origen, en el cual se consigne: 2.1 Tratamiento de fumigación pre embarque con: 2.1.1 Bromuro de metilo a la dosis de 64 gr/ m3/ 3 horas de exposición a T º entre 21 a 26 ºC o 2.1.2 Fosfamina a la dosis 1.2 g/m3/ 72 horas de exposición a T° 10 °C o más (Lectura de concentración minima al 3er día: 225 ppm) El producto fumigado debe tener un período de aireación de 12 horas. 3. Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país. 4. Para importaciones de desperdicios del peinado de algodón (Noil) de hasta 2 Kg., se exonera del requisito de tratamiento de fumigación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 363379-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo DECRETO SUPREMO Nº 139-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29289, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2009; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29289, establece que el presupuesto de partida de los Programas Sociales Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú y Capacitación Laboral Juvenil - PROJOVEN, será hasta SETENTA MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 70 000 000,00) respectivamente, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a fi n de impulsar y dar continuidad a sus actividades y efectúen las evaluaciones correspondientes; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo viene solicitando recursos a efectos de posibilitar el adecuado fi nanciamiento para la continuidad y operatividad del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú, por lo que es preciso autorizar una transferencia de partidas por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00); Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos disponibles hasta por la suma de S/. 30 000 000,00, que permiten dar cobertura al requerimiento antes señalado, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; De conformidad con lo establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), para el Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevo Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 30 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 30 000 000,00 -------------------- A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” FUNCIÓN 07 : Trabajo PROGRAMA FUNCIONAL 020 : Trabajo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0042 : Promoción Laboral ACTIVIDAD 088269 : Construyendo Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios