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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (21/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de junio de 2009 397916 Acreditan a profesional para la suscripción de Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, solicitada por el CIP - Consejo Departamental de Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1799-2009-MTC/15 Lima, 8 de mayo de 2009 VISTO: El Parte Diario Nº 043317 de fecha 07 de abril de 2009 presentado por el Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Arequipa, solicitando la acreditación del Ingeniero Mecánico Electricista Plácido Huayhua Chise, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004- MTC, se modifi có el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalización de los vehículos usados tanto por el régimen regular de importación, como también por los regímenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecánico o mecánico electricista debidamente acreditado ante la Dirección General de Circulación Terrestre (hoy Dirección General de Transporte Terrestre) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 regula, de manera complementaria, los requisitos, impedimentos y demás condiciones para la acreditación de ingenieros, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales tanto por el régimen regular de importación, como también por los regímenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, con la fi nalidad de cautelar la seguridad en el transporte y tránsito terrestre; Que, de acuerdo al Informe Nº 354-2009-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante el Parte Diario Nº 043317 cumple con lo establecido en el artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, acreditando al Ingeniero Mecánico – Electricista, Plácido Huayhua Chise, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que hace referencia el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181, Ley General de Transporte de Tránsito Terrestre, Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003- MTC y Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar como Ingeniero Mecánico Electricista para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por el Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC, por el plazo de un (01) año que se contará a partir de la vigencia de la presente Resolución Directoral, al siguiente profesional: Nº NOMBRE TÍTULO PROFESIONAL CIP DNI ENTIDAD QUE ACREDITA 09 - 2009 Plácido Huayhua Chise Ing. Mecánico - Electricista 87987 29620136 Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental Arequipa Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral, así como un ejemplar de la ficha de Registro de Firma del ingeniero acreditado a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 361949-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican la Resolución de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT que regula la Notificación de Actos Administrativos por Medio Electrónico RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 135-2009/SUNAT Lima, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que el inciso b) del artículo 104° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la notificación de actos administrativos se realizará, entre otras formas, por medio de sistemas de comunicación electrónicos siempre que se pueda confirmar la entrega por la misma vía; Que el citado inciso dispone que tratándose del medio electrónico aprobado por la SUNAT que permita la transmisión o puesta a disposición de un documento, la notifi cación se considerará efectuada al día hábil siguiente a la fecha del depósito del documento; adicionalmente, faculta a la SUNAT para establecer mediante resolución de superintendencia los requisitos, formas, condiciones, el procedimiento, los sujetos obligados a seguirlo, así como las demás disposiciones necesarias para la notifi cación por el citado medio; Que en uso de la facultad antes descrita mediante la Resolución de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT y normas modifi catorias se reguló la notifi cación de actos administrativos por el medio electrónico Notifi caciones SOL; Que, de otro lado, el numeral 9.3 del artículo 9° del TUO del Decreto Legislativo N° 940 referente al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, aprobado por el Decreto Supremo N° 155- 2004-EF y norma modifi catoria, establece que el Banco de la Nación ingresará como recaudación los montos depositados, de conformidad con el procedimiento que