Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2009 (21/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
Nº NOMBRE TITULO PROFESIONAL CIP

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de junio de 2009

Acreditan a profesional para la suscripcion de Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, solicitada por el CIP Consejo Departamental de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1799-2009-MTC/15 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Parte Diario Nº 043317 de fecha 07 de MORDAZA de 2009 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de MORDAZA, solicitando la acreditacion del Ingeniero Mecanico Electricista MORDAZA MORDAZA Chise, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004MTC, se modifico el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalizacion de los vehiculos usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 regula, de manera complementaria, los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, con la finalidad de cautelar la seguridad en el transporte y MORDAZA terrestre; Que, de acuerdo al Informe Nº 354-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante el Parte Diario Nº 043317 cumple con lo establecido en el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, acreditando al Ingeniero Mecanico ­ Electricista, MORDAZA MORDAZA Chise, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que hace referencia el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181, Ley General de Transporte de MORDAZA Terrestre, Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003MTC y Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acreditar como Ingeniero Mecanico Electricista para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por el Decreto Supremo Nº 0582003-MTC, por el plazo de un (01) ano que se contara a partir de la vigencia de la presente Resolucion Directoral, al siguiente profesional:

09 - 2009

MORDAZA MORDAZA Ing. Mecanico Chise - Electricista

ENTIDAD QUE ACREDITA Colegio de Ingenieros del 87987 29620136 Peru - Consejo Departamental MORDAZA DNI

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, asi como un ejemplar de la ficha de Registro de Firma del ingeniero acreditado a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera de la SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 361949-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolucion de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT que regula la Notificacion de Actos Administrativos por Medio Electronico
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 135-2009/SUNAT MORDAZA, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que el inciso b) del articulo 104° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la notificacion de actos administrativos se realizara, entre otras formas, por medio de sistemas de comunicacion electronicos siempre que se pueda confirmar la entrega por la misma via; Que el citado inciso dispone que tratandose del medio electronico aprobado por la SUNAT que permita la transmision o puesta a disposicion de un documento, la notificacion se considerara efectuada al dia habil siguiente a la fecha del deposito del documento; adicionalmente, faculta a la SUNAT para establecer mediante resolucion de superintendencia los requisitos, formas, condiciones, el procedimiento, los sujetos obligados a seguirlo, asi como las demas disposiciones necesarias para la notificacion por el citado medio; Que en uso de la facultad MORDAZA descrita mediante la Resolucion de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT y normas modificatorias se MORDAZA la notificacion de actos administrativos por el medio electronico Notificaciones SOL; Que, de otro lado, el numeral 9.3 del articulo 9° del TUO del Decreto Legislativo N° 940 referente al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, aprobado por el Decreto Supremo N° 1552004-EF y MORDAZA modificatoria, establece que el Banco de la Nacion ingresara como recaudacion los montos depositados, de conformidad con el procedimiento que

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