Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2009 (21/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de junio de 2009

de medidas compensatorias correspondiente que se requiera para eliminar o controlar los riesgos identificados en el respectivo Estudio de Riesgo. Las medidas compensatorias seran permitidas, cuando no exista posibilidad de adecuarse al Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos. Durante el plazo senalado en el presente parrafo, los operadores de Plantas de Abastecimiento e instalaciones de Consumidores Directos de Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos podran continuar con sus operaciones. Vencido dicho plazo, es requisito indispensable para seguir operando, haber presentado ante OSINERGMIN el Estudio de Riesgo, el Plan de Contingencia y el plan de adecuacion o de medidas compensatorias. OSINERGMIN debera emitir un pronunciamiento de la solicitud de obtencion de ITF, en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la recepcion de la mencionada solicitud. Para tal efecto, evaluara la documentacion presentada y realizara una supervision tecnica de las instalaciones. Presentada la solicitud de obtencion de ITF, OSINERGMIN incorporara a los referidos operadores en el Sistema de Control de Ordenes de Pedido ­ SCOP. Vencido el plazo establecido en el primer parrafo de este articulo, los operadores que no hayan obtenido la inscripcion definitiva en el Registro de Hidrocarburos seran retirados del SCOP. Asimismo, en caso OSINERGMIN lo determine, seran retirados del SCOP aquellos operadores cuyas instalaciones ponen en peligro inminente la seguridad de los trabajadores y poblaciones del entorno asi como del medio ambiente. Articulo 3º.- Vigencia de la MORDAZA El presente Decreto Supremo entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 363562-2

Consejo de Mineria del Ministerio de Energia y Minas efectua el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soldevilla, dandose las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- REFRENDO La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 363562-6

Designan Viceministro de Minas
RESOLUCION SUPREMA Nº 047-2009-EM MORDAZA, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 041-2009-EM se encargo el despacho del Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Energia, hasta la designacion del titular conforme a la Ley Nº 27594; Que, se ha visto por conveniente dar por terminado el encargo senalado en el considerando anterior y designar al Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, conforme lo dispone la Ley Nº 27594; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo efectuado en el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 041-2009-EM Articulo 2º.- Designar, al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soldevilla, Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza. Articulo 3º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 363562-7

Aceptan renuncia de Vocal Titular del Consejo de Mineria
RESOLUCION SUPREMA Nº 046-2009-EM MORDAZA, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 049-2004EM se nombro al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soldevilla como Vocal Titular del Consejo de Mineria del Ministerio de Energia y Minas; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que viene desempenando; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 95º y 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTA RENUNCIA DE VOCAL TITULAR DEL CONSEJO DE MINERIA Aceptar la renuncia que al cargo de Vocal Titular del

Otorgan concesion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables a favor de Compania Minerales Santander S.A.C., para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Tingo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2009-MEM/DM MORDAZA, 11 de junio de 2009

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