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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de mayo de 2009 395694 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2009/MDSMP San Martín de Porres, 4 de mayo del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el 22 de Mayo del 2009 se conmemora el 59 Aniversario de la creación política del Distrito de San Martín de Porres; Que, con este especial motivo el Gobierno Local ha programado diversas actividades cívicas para conmemorar tan signifi cativa fecha para todos los sanmartinianos, debiéndose disponer asimismo el embanderamiento general de todos los inmuebles ubicados en la jurisdicción, como una forma de expresar nuestro saludo, identidad y compromiso de continuar trabajando por el desarrollo distrital y alcanzar mejores condiciones de vida; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de San Martín de Porres, a partir del 15 al 31 de Mayo del presente año, con ocasión de conmemorarse el Quincuagésimo Noveno Aniversario de su creación política. Artículo Segundo.- ENCARGAR a todas las áreas administrativas de la Entidad cumplir con la difusión e implementación del presente Decreto, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 346070-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Modifican la Ordenanza Nº 016-2008- CDB ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2009-CDB Bellavista, 30 de abril de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Incluir en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB, los topes de incremento en los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo correspondientes al año 2009 que a continuación se indican: Casas habitación más de 500 a 700 m2 de área construida 30% Casas habitación más de 700 m2 de área construida 50% Comercio más de 150 a 300 m2 de área construida 35% Comercio más de 300 m2 de área construida 50% Servicios más de 100 a 400 m2 de área construida 35% Servicios más de 400 m2 de área construida 50% Para todos los predios de uso diferente a los antes referidos, Sin topes establecidos en la Ordenanza Nº 016-2008-CDB 50% Artículo 2º.- Modifi car los topes de incremento en los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo correspondientes al año 2009, previstos en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 016-2008- CDB para los Colegios, de acuerdo al siguiente detalle: Colegios hasta 500 m2 de área construida 15% Colegios más de 500 m2 de área construida. 30% Artículo 3º.- Mantener vigente en todo lo demás que contiene la Ordenanza Municipal Nº 016-2008-CDB y sus normas complementarias y reglamentarias. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal y a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 346055-1 Amplían vigencia de beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 003-2009-CDB ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2009-CDB Bellavista, 30 de abril de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1°.- Ampliar hasta el 31 de mayo de 2009 la vigencia de los benefi cios otorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2009-CDB. Artículo 2º.- Prorrogar el vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial 2009, hasta el 31 de mayo del presente año. Artículo 3º.- Prorrogar el vencimiento del pago de arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril, hasta el 31 de mayo de 2009. Artículo 4º.- Prorrogar hasta el 31 de mayo de 2009 el benefi cio previsto en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 001-2009-CDB, por el pronto pago de arbitrios 2009. Artículo 5º.- Precisar que los contribuyentes que solicitan acogerse a los benefi cios detallados en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 003-2009-CDB, desde su entrada en vigencia, pueden hacerlo pagando al contado o mediante fraccionamiento. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Dirección de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal, así como a la Unidad de Imagen Institucional su adecuada difusión. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 346063-1