Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2009 (09/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de mayo de 2009 395677 Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Plan Sectorial de Transferencia 2009 del Ministerio de Salud, presentado mediante el documento del visto; Con el visado de los Directores Generales de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Dirección General de Promoción de la Salud, de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; así como del Responsable de la Ofi cina de Descentralización y del Viceministro de Salud, miembros de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, y el artículo 83º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Sectorial de Transferencia 2009 del Ministerio de Salud, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros el Plan Sectorial de Transferencia 2009 aprobado en el artículo precedente, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 345684-1 Aprueban nuevo Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2009/MINSA Lima, 7 de mayo del 2009 Visto, el Ofi cio Nº 004-2009-CAFAEMSA-MINSA y el Informe Nº 001-2009-CAFAEMSA/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-75-PM-INAP y modifi catorias, se aprobaron las normas generales a las que deben sujetarse los organismos del Sector Público Nacional para la aplicación del Fondo de Asistencia y Estimulo, disponiéndose en su artículo 1º y siguientes que su administración y gestión institucional está a cargo de los Comités de Administración de Fondo de Asistencia y Estímulo; Que, a través del Decreto Supremo Nº 005-2006- SA, se facultó al Ministerio de Salud a dictar las normas complementarias y procedimientos para la conformación y funcionamiento del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo, de acuerdo a la naturaleza y funciones propias del Ministerio; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 731-2007/ MINSA del 10 de setiembre del 2007, se aprobó el Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud - CAFAEMSA, con el objeto de adoptar medidas que dinamicen la conformación y gestión de dicho Comité; Que, no obstante ello, la ocurrencia de diversas situaciones de hecho no sólo ha determinado que el precitado Reglamento Interno no se implemente cabalmente, sino que además se advierte que no se ha alcanzado el dinamismo procurado; motivo por el cual los miembros del Comité de Administración de Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud, en sesiones del 06 y 13 de enero del presente año, acordaron proponer un nuevo Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud - CAFAEMSA, el cual permita cumplir con los objetivos para los cuales se conformó el citado Comité; Con la opinión favorable de la Ofi cina General Asesoría Jurídica; Con el visado del Viceministro de Salud y de los Directores Generales de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 005-2006-SA y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE Artículo 1º.- Aprobar el nuevo Reglamento Interno del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud, el mismo que consta de dos (2) títulos, siete (7) capítulos y dos (2) disposiciones transitorias. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 731-2007/MINSA. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/portada/transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 345684-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Crean la Red de Observatorios Socio Económicos Laborales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2009-TR Lima, 8 de mayo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 608-2009-MTPE/3/11.2 de fecha 25 de febrero de 2009; el Informe Nº 249-2009-MTPE/9.110 de fecha 04 de mayo de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal b) del artículo 5o de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, es atribución del sector en el ámbito de la promoción del empleo el establecer sistemas de generación de información en materia de empleo, formación profesional y protección social, y difundir esta información entre los agentes del mercado laboral; Que, el literal h) de la XIV Política del Acuerdo Nacional establece que se garantizará el acceso a información sobre el mercado laboral que permita una mejor toma de decisiones y una orientación más pertinente sobre la oferta educativa; Que, el Plan Nacional de Competitividad, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2005-PCM, dispuso la necesidad de crear un sistema nacional de información sobre demandas y tendencias del mercado de trabajo, que produzca información anual tanto para la orientación profesional de los jóvenes como de los inversionistas interesados en invertir en formación profesional; Que, el literal f) del artículo 56º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, establece entre las funciones de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, la investigación y la evaluación de la dinámica ocupacional del país y la prospectiva tecnológica sectorial mediante la ejecución de encuestas y otros instrumentos estadísticos en relación a la oferta y la demanda laboral y la coordinación de un sistema de difusión sobre la situación del mercado laboral y su vinculación con otros mercados; Que, los Lineamientos de Política Socio Laboral 2008 - 2011, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 166-2008-TR, establecen que uno de los roles del sector trabajo y promoción del empleo es la provisión de información actualizada sobre el comportamiento del mercado laboral a través de una estrategia que permita