Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2009 (05/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405645

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Otorgan beneficios de fraccionamiento tributario para el pago de deudas tributarias
ORDENANZA Nº 126 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de fecha 30 de octubre del 2009, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Articulo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto dar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito; El pago por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales, incluidos los intereses moratorios que senala el Codigo Tributario. Articulo Segundo.- VIGENCIA El beneficio otorgado mediante la presente Ordenanza regira desde el dia siguiente de su publicacion en El Peruano y vencera el 28 de febrero del 2010. Los contribuyentes que no se acojan a los beneficios que la Municipalidad otorga mediante esta Ordenanza quedaran obligados al pago en una sola cuota del integro de sus obligaciones vencidas. Articulo Tercero.- BENEFICIO Los contribuyentes que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza, podran celebrar convenios de fraccionamiento sin intereses por pago fraccionado. Articulo Cuarto.PROCEDIMIENTO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO Los contribuyentes deberan presentarse ante la Oficina de Rentas y Administracion Tributaria y deberan cumplir con las siguientes condiciones: a) Deberan abonar una cuota inicial minima equivalente al 20% del total de la deuda. b) La cuota inicial del fraccionamiento debera ser pagada junto con la MORDAZA de la solicitud de fraccionamiento y la firma del convenio de fraccionamiento; c) El pago del saldo se MORDAZA hasta en 24 cuotas mensuales con vencimiento en el ultimo dia habil de los meses subsiguientes. d) Para el acogimiento al beneficio el contribuyente debera acreditar, a requerimiento de la Administracion, la vigencia de su domicilio fiscal con la MORDAZA del original y MORDAZA simple del recibo de agua, luz o telefono fijo del mes anterior a la MORDAZA de la solicitud. e) En caso de representacion, las personas naturales deberan presentar poder simple y las personas juridicas MORDAZA del poder vigente y suficiente. En ambos casos adjuntaran MORDAZA del documento de identidad del titular, asi como MORDAZA del documento de identidad del representante. Articulo Quinto.- DESISTIMIENTO Para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, es requisito indispensable que el contribuyente se desista de los recursos de reclamacion o apelacion en tramite que tuviera, asi como de procesos judiciales que hubiera iniciado respecto de la deuda materia de acogimiento. Para tal efecto, debera presentar el correspondiente escrito de desistimiento de su reclamo.

Tratandose de procesos judiciales en tramite, deberan presentar MORDAZA del escrito de desistimiento ingresado con firma legalizada ante el Juzgado respectivo. Articulo Sexto.- APLICACION SUPLETORIA En todo lo no previsto en la presente Ordenanza, sera de aplicacion supletoria el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias aprobado por la Ordenanza Nº 042-MDSMM. Articulo Setimo.- QUIEBRE DE VALORES Se dejara sin efecto los valores tributarios, mediante los cuales se hayan notificado deudas tributarias vencidas, de todos aquellos contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- CONDICIONES RESUELTAS POR ACUERDO DE CONCEJO Cualquier condicion que no se ajuste a lo establecido en la presente Ordenanza sera resuelta por Acuerdo de Concejo. Articulo Noveno.- MONTO MINIMO DE DEUDA SUJETA A FRACCIONAMIENTO La deuda tributaria minima materia de fraccionamiento sera equivalente al 10% de la UIT anual. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultase al MORDAZA para que dicte las disposiciones reglamentarias para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultase al MORDAZA a prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza mediante Decreto de Alcaldia. POR TANTO: La promulgo en MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los 30 dias del mes de octubre del 2009. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 417521-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Declaran en reorganizacion administrativa a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA respecto a funciones asignadas a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2073-2009-MDS Surquillo, 27 de octubre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTA la Nota de Alcaldia Nº 22-09/ALC-MDS de fecha 19 de Octubre de 2009 cursada a la Secretaria General; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de la circunscripcion; Que, el articulo 20º numeral 25) de la citada Ley Organica establece que son atribuciones del MORDAZA supervisar el buen funcionamiento de los servicios publicos municipales ofrecidos directamente, entre otras atribuciones;

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