Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2009 (05/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de noviembre de 2009

Que, el articulo 25º de la misma MORDAZA establece que la Administracion Municipal adopta una estructura gerencial, sustentandose en los principios de supervision, control concurrente y posterior, legalidad, transparencia, eficacia, eficiencia, entre otros, asi como por los contenidos en la Ley Nº 27444; Que, el articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades establece que corresponde a las Municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble en MORDAZA con el bien comun, determinando el articulo 90º de la misma MORDAZA los presupuestos que deben observar las Municipalidades previamente a otorgar licencias de construccion, siendo que su contravencion permite, por virtud del articulo 93º numerales 1), 2) , 4) y 7), ejercer una serie de facultades especiales vinculadas a la demolicion de edificios y obras y la revocacion de las licencias otorgadas en contra de la Ley; Que, asimismo, el tercer parrafo del articulo 49º establece que la autoridad municipal puede demandar autorizacion judicial en la via sumarisima para la demolicion de obras inmobiliarias que contravengan las normas legales, reglamentos y ordenanzas municipales; Que, es publico, conocido y notorio que el crecimiento inmobiliario MORDAZA ha sido particularmente significativo en el Distrito de Surquillo en los ultimos cuatro anos, producto de la modificacion normativa tendiente a la actualizacion, simplificacion y flexibilizacion de los procedimientos para la edificacion residencial que se determino a partir de la dacion de la Ley Nº 27157 y su Reglamento cuyo texto unico ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2006VIVIENDA y que en la actualidad se ha acentuado a partir del ano 2008 a raiz de la vigencia de la Ley Nº 29090 ­objetada por esta Corporacion a traves de diversos medios publicos al establecer mecanismos de aprobacion automatica de licencias de edificacion, sin contar con la opinion de las Comisiones Tecnicas-, ademas de la construccion de edificaciones al MORDAZA de disposiciones especiales, como por ejemplo, las amparadas bajo el Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - FONDO MIVIVIENDA o bajo el Plan Nacional "Vivienda Para Todos"; Que, el crecimiento inmobiliario reciente es consecuencia tambien de la politica asumida por la gestion municipal de atraccion de la inversion privada inmobiliaria, facilitando procedimientos administrativos internos pero sin que ello implique la inobservancia del interes general, la transparencia y la legalidad; Que, en los ultimos tiempos, la Corporacion ha recibido de manera creciente diversas quejas y denuncias por parte de los vecinos de las jurisdicciones de la Urbanizaciones Barrio Medico, MORDAZA MORDAZA, La Calera de la MORDAZA, Los Sauces, entre otros, quienes manifiestan presuntos vicios e irregularidades en la ejecucion de obras privadas, causando un impacto negativo en la MORDAZA y afectando sus derechos constitucionales, lo que ha motivado que, dentro del MORDAZA del control concurrente y posterior, la Municipalidad MORDAZA adoptado puntuales medidas correctivas en determinados casos, a satisfaccion de los vecinos afectados; Que, en ese MORDAZA, la Municipalidad de Surquillo ha aprobado, mediante Ordenanza Nº 210-MDS, el Reglamento de areas minimas y numero de estacionamientos por unidad de vivienda, de acuerdo a la MORDAZA en donde se ubique, ademas de otorgar beneficios por habilitacion de estacionamientos, con el fin de superar aquellos inconvenientes generados de la construccion inmobiliaria y el aprovechamiento indebido de espacios publicos para estacionamiento privado; Que, se ha apreciado, sin embargo, que las acciones dispuestas no han generado la disminucion de las quejas vecinales, algunas de las cuales inclusive han sido canalizadas en algunos casos a traves de la Defensoria del Pueblo como puede verse del Registro Nº 7112-09 que da cuenta de la queja de una Junta Vecinal respecto a la construccion de una edificacion existente en la MORDAZA La Amapola de la Urbanizacion Los Sauces; Que, en cumplimiento de las actividades de supervision que corresponden a este Despacho y en la linea del control concurrente y posterior ya citado, se ha podido apreciar ademas que el numero de casos afectados con vicios e irregularidades podria superar a aquellos que son efectivamente denunciados por los vecinos, no siendo en consecuencia suficiente la adopcion de medidas correctivas especificas, sino la de establecer un MORDAZA general de reorganizacion administrativa de dicha area ­en lo que concierne a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, con las consecuencias que dicha accion implica;

Que, debe dejarse MORDAZA que la decision de reorganizacion a adoptarse importa una actuacion fiscalizadora y supervisora mas especifica y que va mas alla de la aleatoria fiscalizacion de obras privadas autorizadas por la Corporacion que las Sociedades de Auditoria Externa anualmente ­a solicitud de esta Corporacion y conforme a la politica adoptada desde hace mas de ocho anos- han practicado a esta Corporacion, al haber centrado su atencion en la fiscalizacion de la ejecucion de obras publicas, sin mayores reparos para la Corporacion; Que, por el contrario, la decision citada va de la mano con aquella contenida en el Oficio Nº 141-2009-OCI/MDS del Organo de Control Institucional de la Corporacion que solicita se eleve al pleno del Concejo Municipal la realizacion de un examen especial a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA a efectos de verificar las presuntas irregularidades apreciadas en la edificacion existente en la MORDAZA La Amapola MORDAZA citada; Que, bajo estas consideraciones, en tanto la Municipalidad representa al vecindario, esta en la obligacion de ­mas alla de los intereses particulares- velar por el bien comun y reencauzar la politica de gobierno local de inversion inmobiliaria dado que su actual y equivocada ejecucion por parte de la citada Gerencia puede acarrear un perjuicio irreparable para los vecinos; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º numeral 6º de la Ley organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, por espacio de treinta (30) dias calendario, en REORGANIZACION ADMINISTRATIVA a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Surquillo, en lo que concierne a las funciones asignadas a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Articulo 2º.- CONSTITUIR una Comision de Trabajo encargada de la conduccion del MORDAZA de reorganizacion administrativa dispuesto, integrada por · El Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Municipal, quien la presidira. · El Dr. MORDAZA Valdivieso Payva, Secretario General. · El Dr. MORDAZA Casanova MORDAZA, Gerente de Asesoria Juridica. · Un profesional arquitecto contratado por la Corporacion, a propuesta del Colegio de Arquitectos del Peru. · El Organo de Control Institucional, quien actuara de veedor. Articulo 3º.- ASIGNAR como tareas prioritarias que forman parte del MORDAZA de reorganizacion administrativa las siguientes: 1. La fiscalizacion y revision de todos los actos administrativos expedidos por dicha area en los ultimos cuatro anos, con miras a determinar, si fuera el caso, la revocacion de las mismas, la nulidad de oficio de aquellas que cuenten con vicios legales o la declaracion de lesividad respectiva para el inicio de las acciones judiciales, segun corresponda. 2. La determinacion de la demolicion de aquellas edificaciones construidas en contravencion a las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas, que carezcan de licencia de obra o que, contando con MORDAZA, se aparten de los certificados expedidos o los planos aprobados por cuyo merito se expidio la licencia o que no hayan conservado el alineamiento y el retiro establecidos o hayan sobrepasado la altura MORDAZA permitida en cada caso. 3. La evaluacion tecnica y etica del personal que labora en la Gerencia y la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. 4. La reformulacion de los procedimientos administrativos inherentes a dicha Gerencia en lo relativo a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 417534-1

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