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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (10/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de noviembre de 2009 405880 Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervenga directamente en dicha vía; Que, con Informe Nº 356-2009-MTC/20.6 de la Unidad Gerencial de Estudios y Memorándum Nº 3603-2009-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Provías Nacional, se señaló que existen las condiciones para que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervenga en la referida vía y se incorpore temporalmente a la Red Vial Nacional, para lo cual procederá a gestionar las asignaciones presupuestales necesarias para mejorar las características del tramo citado; Que, mediante Memorándum Nº 3839-2009-MTC/14, el Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles da conformidad al Informe Nº 613-2009- MTC/14.07, de la Dirección de Caminos, mediante el cual consideró procedente la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la Ruta Vecinal o Rural PI-579 de trayectoria: Emp. PE-1N (Piura) - Sta. Ana – Tambo Grande, a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-1N P; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicación del referido Reglamento, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del artículo 10º del referido Reglamento, se establece que las autoridades competentes podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículos 8º, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador Rutas y al Registro Nacional de Carretera (RENAC); Que, asimismo el artículo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicación a los criterios establecidos en el artículo 8º del Reglamento considerando para tales efectos la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6º del referido Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, se aprobó la actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), incorporándose a dicho cuerpo legal el artículo 5-A de la Clasifi cación Temporal de Carreteras, a través del Decreto Supremo Nº 026-2009-MTC, estableciendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasifi cación, la autoridad solicitante deberá acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, en consecuencia estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de Piura y a lo informado por la Dirección Ejecutiva del Provías Nacional y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles resulta necesario reclasifi car la jerarquía de la Ruta Vecinal o Rural PI-579 de trayectoria: Emp. PE-1N (Piura) - Sta. Ana – Tambo Grande, a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-1N P; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC, Nº 044- 2008-MTC y Nº 026-2009-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente la Ruta Vecinal o Rural PI-579 de trayectoria: Emp. PE-1N (Piura) - Sta. Ana – Tambo Grande, a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE- 1N P. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 420428-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto y designan Gerente de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 234-2009/SUNAT Lima, 9 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que el Artículo 3º de la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de la citada Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el Artículo 6º de la referida Ley establece que la resolución de funcionarios en cargos de confi anza, surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 041- 2009/SUNAT se designó al señor Juan Manuel Flores Saona en el cargo de Gerente de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, considerado de confi anza en la Institución, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 105- 2008-EF, que aprobó la modifi cación y actualización del Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la SUNAT; Que se ha estimado pertinente dejar sin efecto dicha designación; correspondiendo, en consecuencia, designar a la persona que ocupará el mencionado cargo; En uso de las facultades conferidas en los incisos i) y u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación del señor Juan Manuel Flores Saona en el cargo de Gerente de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, dándosele las gracias por el desempeño en el mismo. Artículo 2º.- Designar al señor Michael Paúl Ruiz Oliver en el cargo de Gerente de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Superintendente Nacional 420345-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan a Apoyo Consultoría S.A.C. para actuar como entidad estructuradora en el mercado de valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 62-2009-EF/94.06.3 Lima, 20 de octubre de 2009