Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de noviembre de 2009 406076 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política Estado de 1993, Modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su Modifi catoria - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968; Ley Nº 29053, y demás Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha siete de Agosto del 2009, la propuesta relativa a declarar a la Provincia de Santiago de Chuco, como “Capital Regional de la Poesía”, por ser cuna y heredera del Gran poeta universal “Cesar Abraham Vallejo Mendoza”, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece en su Artículo 38° que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Artículo 63º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de turismo específi camente el inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. Que, en la Provincia de Santiago de Chuco del Departamento de La Libertad, nació el 16 de marzo del año de 1892, el más grande poeta de habla española del siglo que pasó, César Abraham Vallejo Mendoza. Que, la Provincia de Santiago de Chuco, es cuna del poeta universal de César Abraham Vallejo Mendoza, cuyo arte poético surgió y creció alimentada por la fuerza telúrica y la inagotable tradición oral, donde la poesía es la savia de su ser, factor importante que más tarde lo llevaría a conquistar Trujillo, Lima, París (la Ciudad Luz) y luego el mundo. Que, en la Provincia de Santiago de Chuco tiene un lugar privilegiado en poesía, reconocimiento otorgado por poetas y escritores del Perú y del mundo, de fama internacional en los diferentes eventos realizados; tal es el caso del escritor francés -estudioso y crítico de César Vallejo- André Coyné quien dijo: “Santiago, en tus calles, tus paredes, tu gente y tu paisaje, se aspira la poesía vallejiana” Que, en la mencionada provincia se enorgullece de su herencia poética, tal es así que los niños y jóvenes de hoy poetizan las tradiciones y las situaciones vivenciales, como lo hicieran los maestros de la poesía santiaguina César Vallejo, los hermanos Felipe y Abraham Arias Larreta y la legión lírica, esta perseverante inspiración poética, le permite avizorar un futuro promisor en el campo de la cultura. Que, asimismo tiene una gran relevancia turística, porque los encuentros culturales y de poesía pueden ir acompañados de la rica gastronomía, artesanía, el variado y colorido folclor, eventos que motivarían el movimiento recreacional, hotelería y transportes. Que, posee una genuina riqueza histórica y arqueológica de tal manera que al incentivar el turismo, se crearía una fuente importante para la generación y mantenimiento del empleo, contribuyendo al crecimiento y desarrollo económico de la población santiaguina. Que, siendo la Provincia de Santiago de Chuco por su herencia y producción poética, el que albergó al gran bardo universal “César Abraham Vallejo Mendoza”, el mejor reconocimiento es designar a Santiago de Chuco como “Capital Regional de la Poesía” y declarar de interés turístico regional a la Fiesta Regional de la Poesía, cuya celebración se realizará todos los años el día 16 de Marzo en la ciudad de Santiago de Chuco. Que, para ello, la celebración de esta fecha será con la participación de las instituciones educativas, culturales, sociales y religiosas públicas y privadas, además de las fuerzas vivas de la sociedad. De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y su modifi catoria Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- DECLARAR, a la Provincia de Santiago de Chuco, como “Capital Regional de la Poesía”, por ser cuna y heredera del gran poeta universal “Cesar Abraham Vallejo Mendoza”. Artículo Segundo.- DECLARAR, que la celebración de “ Capital Regional de la Poesía” , se realizara el día 16 de marzo de cada año y OFICIALIZAR, su institucionalización ante la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional de La Libertad, para que se tenga en cuenta en el calendario de festividades regionales. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los siete días del mes de Agosto del año dos mil nueve. ALEXIS NICOLÁS REBAZA LÓPEZ Consejero Delegado Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los 21.AGO.2009 JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 422555-3 Disponen publicar concesiones mineras de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en los meses de abril, mayo y agosto de 2009 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 076-2009-GR-GRSEMH-LL Trujillo, 5 de mayo del 2009 VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de La Libertad en el mes de abril del año 2009, conforme a lo informado por el Área Legal y Técnica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial N° 179-2006- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con