Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (15/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de noviembre de 2009 406065 una situación desfavorable que le impide alcanzar los resultados económicos proyectados en la primera etapa inmediatamente posterior a su creación8. Atendiendo a lo expuesto y con la fi nalidad de determinar si la RPN está sufriendo un retraso importante en su creación, en el presente caso corresponde evaluar las condiciones que han hecho posible el establecimiento de la industria nacional, así como el tamaño de mercado actual de la industria y su potencial de desarrollo en base a proyecciones de consumo de biodiesel para los próximos años y de la disponibilidad de materias primas a nivel nacional para la producción de dicho biocombustible. Ello, con el fi n de determinar en qué medida la industria naciente tiene un potencial de desarrollo que podría verse afectado por el ingreso de importaciones de biodiesel estadounidense a precios dumping. Adicionalmente, de conformidad con lo señalado por el Grupo Especial de la OMC9, se procederá a evaluar el volumen de las importaciones objeto de dumping y del efecto de éstas sobre los precios internos, así como de la consiguiente repercusión de tales importaciones sobre la situación de la RPN. Finalmente, en el mismo sentido que lo establecido en la normativa comunitaria10 y lo referido en la publicación “A Handbook on antidumping investigations” de la OMC, se analizará los principales indicadores económicos de la RPN, en particular los siguientes: (i) inversiones realizadas para la puesta en marcha del proyecto; (ii) indicadores de producción; (iii) nivel de ventas de la RPN; (iv) nivel de inventarios; (v) factores que afectan los precios del producto en el mercado interno; (vi) utilidades en la venta del producto investigado; y, (vii) la situación fi nanciera de la RPN. II.3.2 Industria nacional de biodiesel Actualmente existe una demanda importante de biodiesel a nivel nacional producto de la entrada en vigencia de dispositivos legales que obligan a consumir B2 a partir del presente año, en reemplazo del diesel Nº 2. El Informe Nº 063-2009/CFD-INDECOPI de la Secretaría Técnica refi ere que si bien entre 2009 y 2010 la demanda de biodiesel se mantendrá en un nivel de aproximadamente 80 mil toneladas, a partir del 2011, año en el cual empezará a regir la obligatoriedad de comercializar B5 en lugar de diesel Nº 2, la demanda estimada de biodiesel se incrementaría en 163% en relación al año anterior, alcanzando las 222 070 toneladas. En vista de las perspectivas de crecimiento de la industria de dicho biocombustible, surgió una rama de producción nacional que ha realizado importantes inversiones para la puesta en marcha del negocio durante el año 2008, la cual, sin embargo, viene enfrentando condiciones desfavorables desde el inicio de sus actividades. Como señala el Informe Nº 063-2009/CFD-INDECOPI, existe una limitada disponibilidad de materia prima para la producción de biodiesel en el Perú, incluso para satisfacer una posible demanda a gran escala, como la proyectada para el año 2011. No obstante ello, se aprecia que la RPN ha invertido en proyectos de ampliación de su frontera agrícola a fi n de contrarrestar dicha situación. Así, en el caso de Industrias del Espino dicha empresa ha invertido en la ampliación de sus áreas cultivadas, teniendo en la actualidad 7 000 hectáreas comprometidas para el proyecto de biodiesel que ya fueron sembradas11. De otro lado, la empresa Heaven Petroleum viene desarrollando un proyecto para la siembra de 50 000 hectáreas de tierras eriazas con el cultivo oleaginoso de jatropha curcas. II.3.3 Volumen y precio de las importaciones de biodiesel Como consecuencia de la promoción del uso de biodiesel en el Perú en reemplazo del diesel Nº 2, las importaciones de dicho biocombustible se incrementaron de manera importante a partir de diciembre de 2008, alcanzando un total de 35 601 toneladas en junio de 2009. Tal como detalla el Informe Nº 063-2009/CFD- INDECOPI, las importaciones de biodiesel que predominaron entre diciembre de 2008 y junio de 2009 fueron las originarias de EE.UU., las cuales representaron el 78% del total importado12. Debe destacarse que en el período anteriormente mencionado las importaciones de biodiesel originarias de EE.UU. ingresaron al Perú a un precio FOB de US$ 701 por tonelada, siendo dicho precio 27% menor al precio promedio de venta ex – fábrica de biodiesel producido por la RPN (el cual se ubicó en US$ 961 por tonelada) e, inclusive, menor al precio de su principal insumo (aceite crudo de soya)13. Ello evidencia la importante diferencia existente entre el precio de venta ex – fábrica de la RPN y el de las importaciones denunciadas, más aún si se tiene en consideración que las empresas de la RPN han venido realizando sus ventas de biodiesel a un nivel de precios por debajo de sus costos totales de producción, tal como será desarrollado en la presente Resolución. II.3.4 Indicadores económicos de la RPN Conforme se explica detalladamente en el Informe Nº 063-2009/CFD-INDECOPI, si bien las empresas de la RPN han realizado importantes inversiones para la puesta en marcha del negocio de biodiesel14 –principalmente, mediante la ampliación de la frontera agrícola de cultivo de palma aceitera y la implementación de sus plantas de industrialización15–, sus principales indicadores 8 Si bien no existe regulación alguna en el texto del Acuerdo Antidumping, ni en el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM y su norma modifi catoria, sobre cuándo debe realizarse el análisis de dicho tipo de daño, a modo de referencia la publicación de la OMC titulada “A Handbook on Antidumping Investigations” establece que el daño entendido como un retraso importante en la creación de la RPN puede ser analizado en aquellos casos en los que aún no existe producción del producto investigado, así como en aquellos en los que si bien ha habido alguna producción, la misma no ha alcanzado un nivel sufi ciente para permitir el examen de los otros dos tipos de daño, como el presente caso. 9 OMC. Informe del Grupo Especial en el caso: Egipto – Medidas antidumping defi nitivas aplicadas a las barras de acero procedentes de Turquía. (Código del documento: WT/DS211/R). 8 de agosto de 2002. 10 DECISIÓN 456 “Normas para prevenir o corregir las distorsiones en la competencia generadas por prácticas de dumping en importaciones de productos originarios de Países Miembros de la Comunidad Andina”, Artículo 23.- Para la determinación de la existencia de un retraso importante en la creación de una producción nacional, se deberá evaluar el potencial de producción nacional para el momento en que comenzaron o se hicieron inminentes las importaciones supuestamente objeto de dumping, a fi n de establecer si tales importaciones tuvieron un efecto negativo en lo que debió haber sido el desarrollo de ese potencial. A tal efecto, se deberán considerar, entre otros, los siguientes factores: a) Proyecciones de resultados frente al resultado real; b) La utilización de la capacidad productiva; c) El estado de los pedidos y las entregas; d) La situación fi nanciera; y e) Cualquier otro factor relevante. 11 Según proyecciones de la empresa, una vez que toda el área comprometida este en su etapa productiva en los próximos años, rendirá alrededor de 45 000 toneladas de aceite crudo de palma, con lo cual se podrá abastecer entre el 90 y 95% de los requerimientos industriales de la planta de refi nación y transesterifi cación para la obtención de biodiesel. 12 Las importaciones de biodiesel de EE.UU. superaron ampliamente a las importaciones provenientes de Ecuador (país que mantuvo el segundo lugar en las importaciones de biodiesel al Perú), las cuales representaron el 22%. 13 Adicionalmente, el precio FOB de biodiesel de EE.UU. se encuentra, en promedio, 19.7% por debajo del precio FOB del biodiesel originario de Ecuador. 14 Las inversiones realizadas por las empresas de la RPN para la puesta en marcha del negocio de producción de biodiesel superan los 50 millones de dólares. 15 Conforme se señala en el Informe Nº 063-2009/CFD-INDECOPI, para la implementación de la planta de industrialización, Industrias del Espino requirió una inversión de US$ 11 millones, destinados a la construcción de una planta de refi nación (con una capacidad de 200 toneladas por día) y otra de transesterifi cación (con una capacidad de 150 toneladas por día) para la transformación de los insumos y producción de biodiesel.