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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de octubre de 2009 403767 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Crean Comisión Sectorial encargada de proponer los mecanismos necesarios para la implementación de corredores seguros en la red vial nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 656-2009-MTC/01 Lima, 24 de setiembre de 2009. VISTO: El Informe Nº 029-2009-MTC/02.01 de fecha 14 de agosto de 2009 y el Memorándum Nº 128-2009- MTC/02.01 de fecha 31 de agosto de 2009 del Consejo Nacional de Seguridad Vial; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre debe orientarse a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud; así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, conforme a lo establecido por el artículo 16 de la citada Ley, constituye función del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, desarrollar planes y/o políticas orientadas a mejorar las condiciones de seguridad vial, así como diseñar sistemas de prevención de accidentes de tránsito; Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; Que, el artículo 36 de la citada Ley, establece que las comisiones pueden ser de tres tipos, dentro de las cuales se encuentran las Comisiones Sectoriales que son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos; y, se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, en tal sentido, resulta necesario la creación y conformación de una Comisión Sectorial que se encargue de proponer los mecanismos necesarios para la implementación de corredores seguros en la red vial nacional, a fi n de prevenir la ocurrencia de accidentes de tránsito en el país; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación y conformación de la Comisión Sectorial Créase la Comisión Sectorial encargada de proponer los mecanismos necesarios para la implementación de corredores seguros en la red vial nacional, la misma que estará integrada por: a) El Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles o su representante, quien la presidirá. b) El Director Ejecutivo del Provías Nacional o su representante. c) El Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre o su representante. d) El Director General de la Dirección General de Concesiones en Transportes o su representante. e) El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante. f) Dos (02) representantes del Viceministerio de Transportes. g) El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Vial. Artículo 2º.- Funciones de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) Defi nir y determinar las características de los corredores seguros. b) Proponer la tecnología aplicable a la gestión del tránsito en los corredores seguros. c) Emitir el informe correspondiente dentro de un plazo de cinco (05) días calendario posteriores a la culminación del encargo conferido, el cual se dirigirá al Viceministro de Transportes. Artículo 3º.- Instalación de la Comisión Sectorial La instalación de la Comisión Sectorial se realizará dentro de los cinco (5) días calendario siguientes, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 4º.- Vigencia de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial deberá culminar con el encargo conferido en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su instalación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 404137-1 Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 657-2009-MTC/02 Lima, 24 de setiembre de 2009 VISTO: El Informe Nº 598-2009-MTC/12.04 del 14 de setiembre de 2009 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 351-2009-MTC/12.04 del 09 de setiembre de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán