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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (03/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de octubre de 2009 403755 ENERGIA Y MINAS Modifican el Contrato de Concesión Nº 262-2005 relativo a la concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Santa Rita RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2009-EM Lima, 2 de octubre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 11136004, organizado por Electricidad Andina S.A., sobre concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Santa Rita; y la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión Nº 262-2005; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 002-2006- EM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 6 de enero de 2006, se otorgó a favor de Electricidad Andina S.A. concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Santa Rita, que se ubicará en los distritos de Macate, Santa Rosa y Bambas, provincias de Santa, Pallasca y Corongo, respectivamente, correspondientes al departamento de Ancash, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 262-2005 elevado a Escritura Pública el 31 de enero de 2006; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 009-2008- EM, publicada el 04 de marzo del 2008, se aprobó a favor de la concesionaria Electricidad Andina S.A. la modifi cación del Contrato de Concesión Nº 262-2005, a fi n de efectuar las siguientes acciones: 1) incrementar la capacidad instalada de la Central Hidroeléctrica Santa Rita de 173,51 MW a 255 MW; 2) prorrogar el inicio de ejecución de obras al 01 de abril de 2008 y la puesta en operación comercial al 31 de mayo de 2011; 3) modifi car el Presupuesto del Proyecto; y, 4) reducir el área de la poligonal de la Casa de Maquinas-Pique-Chimenea; Que, con fecha 26 de setiembre de 2008, mediante el documento con registro de ingreso Nº 1824445, Electricidad Andina S.A. solicitó la modifi cación del referido Contrato, a fi n de efectuar los siguientes cambios: 1) modifi car el presupuesto del proyecto, 2) prorrogar el plazo de inicio de las obras al 01 de enero del 2010 y la puesta en operación comercial al 31 de diciembre del 2013; Que, para efectos de la solicitud que se menciona en el párrafo anterior, Electricidad Andina S.A. argumentó la existencia de razones de fuerza mayor al amparo del inciso b) del artículo 36º de la Ley de Concesiones Eléctricas, las mismas que no le permitieron iniciar las obras en los plazos previstos en el Contrato de Concesión Nº 262-2005; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 319-2009- MEM/DM de fecha 17 de julio de 2009, el Ministerio de Energía y Minas aprobó las razones de fuerza mayor expuestas por Electricidad Andina S.A., las mismas que tienen relación con las difi cultades encontradas y que giran en torno a la demora de entrega de permisos pendientes por parte de las autoridades respectivas, indispensables para la ejecución de la central; Que, al haberse aprobado las razones de fuerza mayor, procede aprobar las modifi caciones solicitadas por dicha empresa, las cuales serán consignadas en el Contrato de Concesión Nº 262-2005 a través de la respectiva Minuta que modifi que las Cláusulas Sexta y Décimo Primera, así como el Anexo Nº 4 del Contrato de Concesión Nº 262-2005; Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe Nº 246-2009-DGE- DCE, corresponde aprobar la modifi cación del Contrato de Concesión Nº 262-2005 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y el artículo 54º del citado Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 262-2005, en los aspectos referidos al numeral 6.2.12 de la Cláusula Sexta, la Cláusula Décimo Primera y el Anexo Nº 04, relativo a la concesión defi nitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Santa Rita, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la minuta de modifi cación al Contrato de Concesión Nº 262-2005, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 262- 2005. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a su expedición y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 405848-8 Declaran que servidumbres impuestas por R.M. Nº 080-2001-EM/VME benefician a la concesión de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Chimay de la que es titular Chinango S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2009-MEM/DM Lima, 23 de setiembre de 2009 VISTO: El Expediente N° 11108600, organizado por EDEGEL S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre modifi cación de las servidumbres de acueductos, obras hidroeléctricas y de tránsito de la Central Hidroeléctrica Chimay, y la solicitud de modifi cación de fecha 10 de marzo de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 035-99-EM, publicada el 25 de febrero de 1999, se transfi rió a favor de EDEGEL S.A.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Chimay, otorgada originalmente a favor de Peruana de Energía S.A. mediante la Resolución Suprema N° 090-98-EM, publicada el 04 de setiembre de 1998; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 080-2001- EM/VME, publicada el 01 de marzo de 2001, se impuso a favor de la concesión defi nitiva de generación de la que en ese entonces era titular EDEGEL S.A.A., las servidumbres de acueductos, obras hidroeléctricas y de tránsito de la Central Hidroeléctrica citada en el considerando que antecede;