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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (27/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de octubre de 2009 405124 Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en reuniones del APEC y en otros eventos, a realizarse en Singapur RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 167-2009-MINCETUR Lima, 26 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC), se llevarán a cabo en la ciudad de Singapur, República de Singapur, la Reunión Conclusiva de Altos Funcionarios (CSOM), la Reunión Anual Ministerial (AMM) y la Reunión de Líderes de las Economías de APEC (AELM), del 8 al 15 de noviembre de 2009; Que, en dichos eventos, el Perú tendrá ocasión de exponer sus intereses en asuntos vinculados al comercio y sostener reuniones bilaterales ministeriales con sus principales socios comerciales; asimismo, está previsto que el día 8 de noviembre de 2009 el Perú expondrá los resultados del Estudio de Convergencias y Divergencias de los Acuerdos Comerciales Preferenciales de la Región, que fuera elaborado en forma conjunta con Estados Unidos de América, Nueva Zelanda, Chile, Japón, Tailandia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Que, además, el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo suscribirá el Segundo Protocolo Adicional al Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia, para acelerar la liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio (suscrito en Busán, República de Corea, el 19 de noviembre de 2005), por cuya razón se realizarán reuniones previas de discusión y coordinación entre las delegaciones de ambos países; Que, por tales razones, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su viaje y del personal que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR participará en las reuniones antes mencionadas; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de velar por el cumplimiento de los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, en coordinación con los distintos sectores del Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29289 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Singapur, República de Singapur, del personal que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participará en las reuniones a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, en las fechas que al pie se indica: Fechas del viaje: Señores: Del 9 al 15 de noviembre de 2009 Eduardo Ferreyros Küppers, Viceministro de Comercio Exterior Del 6 al 16 de noviembre de 2009 Julio José Chan Sánchez, Director APEC, Vanessa Uchiyama de la Puente Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Eduardo Ferreyros Küppers (del 9 al 15 de noviembre de 2009) Pasajes : US$ 3 753,22 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 Tarifa CÓRPAC : US$ 31,00 Sres.: Julio José Chan Sánchez y Vanessa Uchiyama de la Puente (Del 6 al 16 de noviembre de 2009) Pasajes (US$ 3 424,94 x 2) : US$ 6 849,88 Viáticos (US$ 260,00 x 10 días x 2) : US$ 5 200,00 Tarifa CORPAC (US$ 31,00 x 2) : US$ 62,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 414721-6 Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Colombia para participar en la Reunión Adicional para un Acuerdo Comercial CAN - UE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2009-MINCETUR Lima, 26 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, durante la Ronda de Negociaciones para un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y la Comunidad Andina – CAN-UE, efectuada en la ciudad de Bruselas, en el mes de setiembre pasado, se acordó realizar una Reunión Adicional entre los negociadores de la Unión Europea y de las Repúblicas del Perú y Colombia, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 14 al 20 de noviembre de 2009; Que, la Reunión Adicional incluye una mesa de jefes negociadores y mesas para la negociación de diversos temas específi cos, tales como: acceso a mercados, reglas de origen, medidas sanitarias y fi tosanitarias, instrumentos de defensa comercial, propiedad intelectual, solución de diferencias y asuntos horizontales e institucionales, comercio y desarrollo sostenible, entre otros; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del personal que participará en las reuniones antes mencionadas, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, como responsables de las distintas mesas de negociación; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en