Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2009 (27/10/2009)
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TEXTO DE LA PÁGINA 22
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, martes 27 de octubre de 2009
excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los Articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el Articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado Articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el Articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 regula, de manera complementaria, los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, con la finalidad de cautelar la seguridad en el transporte y MORDAZA terrestre; Que, de acuerdo al Informe Nº 984-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Partes Diarios Nºs. 105031 y 118468 cumple con lo establecido en el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, acreditando al Ingeniero Mecanico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Telleria, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que hace referencia el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181, Ley General de Transporte de MORDAZA Terrestre, Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003MTC y Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Acreditar como Ingeniero Mecanico para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por el Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, por el plazo de un (01) ano que se contara a partir de la vigencia de la presente Resolucion Directoral, al siguiente profesional:
Nº NOMBRE TITULO PROFESIONAL CIP DNI ENTIDAD QUE ACREDITA Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de Tacna
414097-1
Acreditan a profesional para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales solicitada por el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de Tacna
RESOLUCION DIRECTORAL N° 2990-2009-MTC/15 MORDAZA, 15 de setiembre de 2009 VISTO: Los partes diarios Nºs. 105031 y 118468 de fechas 12 de agosto y 03 de setiembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante los partes diarios indicado en vistos, el Colegio de Ingenieros del Peru Consejo Departamental de Tacna, solicito la acreditacion del Ingeniero Mecanico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Telleria, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, al MORDAZA de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004MTC/15 que regula de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre). Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004MTC, se modifico el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalizacion de los vehiculos usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion
08- 2009
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Telleria
Ing. Mecanico
72685
00510520
Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, asi como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma del ingeniero acreditado a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera de la SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 414111-1
Autorizan a Bureau Veritas del Peru S.A. como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV y para realizar inspecciones fisicas de vehiculos y de talleres de conversion a GNV
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3168-2009-MTC/15
MORDAZA, 13 de octubre de 2009