Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2009 (05/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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N° 32 33 34 35 36 37 38 39 40 SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION

NORMAS LEGALES
· · LOS OPTICOS; Servicios de seguros. Servicios de rescate, auxilio.

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de setiembre de 2009

9012.10.00.00 MICROSCOPIOS, EXCEPTO DIFRACTOGRAFOS.

392922-1

9014.20.00.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACION AEREA O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRUJULAS). 9014.80.00.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACION. 9015.10.00.00 TELEMETROS. 9015.20.10.00 TEODOLITOS. 9015.20.20.00 TAQUIMETROS. 9015.30.00.00 NIVELES. 9015.40.10.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRIA, ELECTRICOS O ELECTRONICOS. 9015.40.90.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRIA EXCEPTO ELECTRICOS O ELECTRONICOS. 9015.80.10.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELECTRICOS O ELECTRONICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRIA. 9015.80.90.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO ELECTRICOS O ELECTRONICOS. 9015.90.00.00 PARTES Y ACCESORIOS. 9020.00.00.00 LOS DEMAS APARATOS RESPIRATORIOS Y MASCARAS ANTIGAS, EXCEPTO LAS MASCARAS DE PROTECCION SIN MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE. 9027.30.00.00 ESPECTROMETROS, ESPECTROFOTOMETROS Y ESPECTROGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES OPTICAS (UV, VISIBLES, IR). 9030.33.00.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O CONTROL DE TENSION, INTENSIDAD, RESISTENCIA O POTENCIA, SIN DISPOSITIVO REGISTRADOR.

JUSTICIA
Modifican el articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-92-JUS
DECRETO SUPREMO Nº 011-2009-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-92-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos, aprobandose en el articulo 12º los requisitos para ser Jefe del Archivo General de la Nacion; Que, el Jefe del Archivo General de la Nacion tiene por funcion, entre otras, la de dirigir la politica archivistica nacional y, en ese sentido, el Sistema Nacional de Archivos; Que, conforme al MORDAZA de merito y capacidad, previsto en el inciso 7 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico, el ingreso al empleo publico se fundamenta en el merito y capacidad de las personas; Que, para dirigir una Entidad Publica y/o un Sistema Nacional no se requiere necesariamente contar, como se requiere actualmente, con experiencia en labor archivistica, siendo que por el contrario tal requisito termina contraviniendo el MORDAZA de merito y capacidad previsto por la Ley Nº 28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico; Que, por tanto, se requiere una modificacion en los requisitos establecidos para ser Jefe del Archivo General de la Nacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-92-JUS Modifiquese el articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-92-JUS, de acuerdo al siguiente texto: «Articulo 12º.- Para ser Jefe del Archivo General de la Nacion se requiere: a) Ser peruano de nacimiento; b) Poseer titulo profesional con experiencia no menor de 8 anos; c) No ser menor de 35 anos; y, d) Ser idoneo y de reconocida solvencia moral.» Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de setiembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia

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II. SERVICIOS
a) Servicios de Operaciones de Exploracion Minera: Topograficos y geodesicos. Geologicos y geotecnicos (incluye petrograficos, mineragraficos, hidrologicos, restitucion fotogrametrica, fotografias aereas, mecanica de rocas). · Servicios geofisicos y geoquimicos (incluye ensayes). · Servicios de perforacion diamantina y de circulacion reversa (roto percusiva). · Servicios aerotopograficos. · Servicios de interpretacion multiespectral de imagenes ya MORDAZA satelitales o equipos aerotransportados. · Ensayes de laboratorio (analisis de minerales, suelos, agua, etc).

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b) Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploracion Minera:
· Servicio de alojamiento y alimentacion del personal operativo del Titular del Proyecto. Servicio de asesoria, consultoria, estudios tecnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploracion minera. Servicios de diseno, construccion, montaje industrial, electrico y mecanico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploracion minera. Servicios de inspeccion, mantenimiento y reparacion de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploracion minera. Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehiculos y equipos necesarios para las actividades de exploracion. Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploracion y la construccion de campamentos. Servicios medicos y hospitalarios. Servicios relacionados con la proteccion ambiental. Servicios de sistemas e informatica. Servicios de comunicaciones, incluyen comunicacion radial, telefonia satelital. Servicios de seguridad industrial y contraincendios. Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo.

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