Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2009 (24/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA

403093

MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 1309, 1310 y 1311-2009-MP-FN.- Precisan competencias de fiscalias de los Distritos Judiciales de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA 403149 RR. Nºs. 1312, 1313 y 1314-2009-MP-FN.- Aceptan renuncias de fiscales de los Distritos Judiciales de Ucayali y MORDAZA de MORDAZA 403153 RR. Nºs. 1315, 1316, 1317, 1318, 1319, 1320 y 13212009-MP-FN.- Nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Ucayali, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y MORDAZA 403154 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 12997-2009.- Autorizan al el traslado de agencia ubicada en MORDAZA Res. Nº 12998-2009.- Autorizan al el traslado de agencia ubicada en Tumbes Banco de la Nacion el departamento de 403156 Banco de la Nacion el departamento de 403156

Acuerdo Nº 039-2009-GRSM/CR.- Modifican el Acuerdo Regional N° 036-2009-GRSM/CR 403158 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Acuerdo Nº 080-2009-GRU/CR.- Autorizan viaje de funcionarios a Brasil para participar en el "Encuentro Politico Empresarial" 403159

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza Nº 190-MDA.Municipalidad Modifican el MORDAZA de la 403159

UNIVERSIDADES Res. Nº 04273-R-09.- Ratifican resolucion que autoriza viaje de docente de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA a Ecuador, en comision de servicios 403157 Res. Nº 04274-R-09.- Autorizan viaje de personal de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA a Ecuador, en comision de servicios 403157

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO D.A. Nº 006-2009-MDB.- Disponen el embanderamiento general del distrito 403161 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Ordenanza Nº 326-MDJM.- Consolidan la residencialidad del Sector Catastral 09 del distrito de MORDAZA MORDAZA 403162

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 092-2009 AUTORIZAN AL MINISTERIO DE EDUCACION A ADELANTAR EL FINANCIAMIENTO Y LA EJECUCION DE LAS ACCIONES PERTINENTES DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al primer parrafo del articulo 13º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, la calidad de la educacion es el nivel optimo de formacion que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadania y continuar aprendiendo durante toda la vida; Que, de acuerdo con el literal f) del MORDAZA parrafo del articulo 13º de la precitada Ley, la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias tecnico-pedagogicas de cada lugar y a las que plantea el MORDAZA contemporaneo, son algunos de los factores que interactuan para el logro de la calidad de la educacion; Que, el literal b) del articulo 21º de la Ley Nº 28044, establece como una de las funciones el Estado proveer

y administrar servicios educativos publicos de calidad para garantizar una oferta educativa equitativa en todo el sistema; la cual ejerce a traves del Ministerio de Educacion, a quien, conforme al literal i) del articulo 80 de la Ley Nº 28044, le corresponde liderar los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, es de interes nacional y urgente dictar medidas en materia economica y financiera, con el proposito de garantizar el inicio de las labores educativas del ano escolar 2010, con locales y mobiliarios de las instituciones educativas publicas en condiciones adecuadas de salubridad, seguridad y acondicionamiento, que de no ser ejecutadas de manera oportuna podria postergarse, generando ademas de los problemas de indole pedagogico, un mayor gasto publico, afectandose el equilibrio fiscal y otras metas educativas; Que, en ese sentido resulta necesario autorizar el adelanto del financiamiento respectivo y la ejecucion de las acciones administrativas, presupuestarias y financieras en el presente Ano Fiscal, para garantizar la ejecucion de los trabajos de mantenimiento preventivo de locales de las Instituciones Educativas Publicas a nivel nacional, que garanticen condiciones minimas de salubridad y seguridad, asi como gastos de mantenimiento y adquisicion de mobiliario escolar, precisando el numero de aulas, el monto respectivo y otros aspectos destinados a dicha operatividad, a partir del mes de octubre de 2009, con cargo a los saldos presupuestales de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego 010:Ministerio de Educacion, hasta por un monto de Setenta y Un Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 71 000 000.00); Que, a fin que los recursos MORDAZA transferidos directamente a los centros educativos y facilitar una adecuada programacion de gastos por el Director o quien haga sus veces, como responsable de la ejecucion de las acciones de mantenimiento preventivo conforme a lo senalado en el considerando precedente,

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