Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2010 (17/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

Modifican la Ordenanza Nº 000056 que establece el regimen de los aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000020 Callao, 16 de marzo de 2010 El MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion fecha 16 de marzo de 2010; Aprobo la siguiente: Ordenanza Municipal CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su articulo Nº 9 inciso 8) establece, que es atribucion del Concejo Municipal la de aprobar, modificar, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, el articulo 79 senala que las municipalidades provinciales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen la funcion de aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las areas urbanas y de expansion MORDAZA, asi como las areas de proteccion o de seguridad por riesgos naturales, las areas agricolas y las areas de conservacion ambiental; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000056 del 31 de octubre de 2007 establece el Regimen de los Aportes Reglamentarios para las Habilitaciones Urbanas en la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones, en cuyo Titulo II, MORDAZA GH.020, Capitulo IV, se regulan los aportes de las Habilitaciones Urbanas, estableciendose la obligatoriedad de efectuar aportes para recreacion publica y para servicios publicos complementarios, en lotes regulares edificables. Estos aportes seran cedidos a titulo gratuito a la entidad beneficiaria que corresponda y en el articulo 35 se establece que las municipalidades provinciales podran establecer el regimen de aportes de su jurisdiccion, ajustando a las condiciones especificas locales y a los objetivos establecidos en su Plan de Desarrollo Urbano; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000069, el mismo que aprobo la Modificacion de la Ordenanza Municipal Nº 000056 del 31 de octubre de 2007 que establece el Regimen de los Aportes Reglamentarios para las Habilitaciones Urbanas en la Provincia Constitucional del Callao, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 927-2010-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA que hace MORDAZA el Informe Nº 016-2010-MPC-GGDU-GPUC de la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, asimismo, el Informe Nº 235-2010-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, opinando de manera favorable a la aprobacion de la presente Ordenanza al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000056 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2007 QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE LOS APORTES REGLAMENTARIOS PARA LAS HABILITACIONES URBANAS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Articulo 1º. Modificase el inciso b) del articulo 9 e incorporase el inciso c) y d) del articulo 10 de la Ordenanza Municipal Nº 000056, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de noviembre de 2007 que establece el regimen de aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la Provincia Constitucional del Callao, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

"Articulo 9º. APORTES PARA HABILITACIONES URBANAS CON FINES INDUSTRIALES, COMERCIALES, EQUIPAMIENTO Y OTROS USOS ESPECIALES. (...) b) Estan exonerados de efectuar aportes reglamentarios, las Habilitaciones de Equipamientos Provinciales, Metropolitanos y Sectoriales de Salud, Educacion y Recreacion destinados a uso y servicio publico, asi como los bienes de dominio publico portuario y aeroportuario destinados a puertos y aeropuertos." "Articulo 10º.- DE LA REDENCION DE APORTES EN DINERO (...) c) Los aportes indicados en el presente articulo podran ser abonados a favor de la Municipalidad bajo la modalidad de fraccionamiento de deuda tributaria, previa liquidacion de pago otorgada por la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, cuyo convenio de pago se suscribira en la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas e incorporarse en la Resolucion de la Habilitacion Urbana. d) Asimismo, los aportes que correspondan a otros fines, consignados en el Cuadro del articulo 9 de la presente Ordenanza, respecto de los aportes para habilitaciones urbanas con fines industriales, comerciales, equipamiento y otros usos especiales, se podran compensar con canje por ejecucion de obras de infraestructura MORDAZA y/o de edificaciones destinados a servicios complementarios, las que seran valorizadas y aprobadas por la Gerencia General de Desarrollo Urbano." Articulo 2º.- La presente MORDAZA podra ser aplicada para los expedientes que se encuentran en tramite. Articulo 3º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 481616-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban modificacion de los Requisitos del Procedimiento Nº 108 Licencia de Funcionamiento del MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2010-MDLP-ALC La MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto: el Informe Nº 004-2010-SGPYR-GPYP-MDLP, de fecha 13/04/2010, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion, suscrito por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que solicitan aprobar la modificacion, via simplificacion, de los Requisitos del Procedimiento Nº 108 ­ Licencia de Funcionamiento, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, adecuandose a la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece "que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos del gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia";

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