Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2010 (17/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417337

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban Directiva "Procedimientos vinculados a la Depuracion de Actas Registrales en el Sistema de Registros Civiles", Primera Version
RESOLUCION JEFATURAL Nº 311-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010

Autorizan delegacion de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 316-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 VISTOS: el Informe Nº 000075-2010/GRC/SGIRC/ RENIEC (03MAR2010) emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe Nº 0000342010-GRC/RENIEC (12MAR2010), emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:

VISTOS: El Oficio Nº 000661-2010/GPP/RENIEC (12MAR2010) emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000134-2010/GPP/SGR/ RENIEC (12MAR2010) emitido por la Sub Gerencia de Racionalizacion e Informe Nº 000606-2010-GAJ/RENIEC (09ABR2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como organismo con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante el Oficio Nº 000661-2010/GPP/RENIEC (12MAR2010), precisa que la Directiva DI-274-GRC/021 "Procedimientos vinculados a la Depuracion de Actas Registrales en el Sistema de Registros Civiles", Primera Version, ha sido elaborada teniendo en cuenta lo establecido en la Directiva DI-200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulacion de Documentos Normativos del RENIEC", MORDAZA Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 116-2009-JNAC/RENIEC (02MAR2009); Que, asimismo la Sub Gerencia de Racionalizacion mediante el Informe Nº 000134-2010/GPP/SGR/RENIEC (12MAR2010), senala que se encuentra vigente la Directiva DI-252-GRC/014 "Depuracion de Actas Registrales del Sistema de Registros Civiles del RENIEC", Primera Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 299-2009/JNAC/ RENIEC (29MAY2009); sugiriendo se deje sin efecto; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, al Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 085-2010-JNAC/RENIEC (10FEB2010) y Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Directiva DI252-GRC/014 "Depuracion de Actas Registrales del Sistema de Registros Civiles del RENIEC", Primera Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 2992009/JNAC/RENIEC (29MAY2009). Articulo Segundo.- Aprobar la Directiva DI-274GRC/021 "Procedimientos vinculados a la Depuracion de Actas Registrales en el Sistema de Registros Civiles", Primera Version. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.reniec.gob.pe, el texto del documento normativo aprobado en el articulo segundo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 481935-1

Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262º del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves del Informe de la referencia, senala que la Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Distrito de Putumayo, Provincia de Maynas, Departamento de MORDAZA, no ha presentado Acta de Asamblea General de Conformacion de Comite Especial a que se refiere el considerando precedente, por lo que debera ser subsanada; Que, sin perjuicio de lo indicado en el parrafo anterior, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha formalizado su respectivo expediente de regularizacion de Oficina Registral, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; asi como por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Distrito de Putumayo, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

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