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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (03/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de diciembre de 2010 430310 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 573850-6 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 099-2010-IN Lima, 2 de diciembre de 2010 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 41-2010- DGPNP/INTERPOL-EM, del 18 de noviembre de 2010, formulada por el Jefe de Estado Mayor de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, mediante la cual se recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Hugo CARHUAMACA CUNTO y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú, Dina CÓRDOVA PEÑA, a la ciudad de Montevideo - Uruguay, del 6 al 10 de diciembre de 2010. CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Suprema Nº 158-2007- JUS del 26 de setiembre de 2007, se resolvió acceder al pedido de Extradición Activa del procesado Lizardo Alexander RUIZ FRAGA, formulado por el Noveno Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos y Contra el Orden Migratorio - Tráfi co Ilícito de Personas, en agravio del Estado; y disponer su tramitación por vía diplomática ante el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje IP 2217/10 MONTEVIDEO del 9 de noviembre de 2010, Mensaje IP 2270/10 MONTEVIDEO del 17 de noviembre del 2010 y Mensaje IP 2344 MONTEVIDEO del 18 de noviembre de 2010, la Oficina Central Nacional INTERPOL - Montevideo - Uruguay, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que las autoridades uruguayas han concedido la entrega en Extradición del procesado Lizardo Alexander RUIZ FRAGA; en ese sentido solicitaron conocer la nómina de los funcionarios policiales designados para dicha misión; Que, con Memorándum Múltiple Nº 337-2010- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 23 de noviembre de 2010, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Hugo CARHUAMACA CUNTO y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Dina CÓRDOVA PEÑA, a la ciudad de Montevideo - Uruguay, del 6 al 10 de diciembre de 2010, a fi n de que ejecuten la Extradición Activa del procesado Lizardo Alexander RUIZ FRAGA, formulado por el Noveno Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos y Contra el Orden Migratorio - Tráfi co Ilícito de Personas, en agravio del Estado; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio Nº 2187-2010-DIRECFIN- PNP/DIVIPRE del 22 de noviembre de 2010, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 324-2010-DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM. del 20 de noviembre de 2010, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 6 al 10 de diciembre de 2010; así como la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 724-2010-DIRECFIN-PNP/DIVIPRE. del 22 de noviembre de 2010, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por comisión del servicio, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Montevideo - Uruguay, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Hugo CARHUAMACA CUNTO y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Dina CÓRDOVA PEÑA, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial