Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2010 (05/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2010

k) Un (01) representante de la Red de Municipalidades Rurales del Peru - REMURPE; y, l) Un (01) representante del Acuerdo Nacional. 3.2. El Secretario de Descentralizacion, el Director Ejecutivo del CEPLAN y los titulares de los organos e instituciones MORDAZA mencionadas, podran designar dentro del plazo establecido en la presente resolucion, un representante adicional en calidad de alterno. 3.3. El Grupo de Trabajo constituido invitara a participar, en esta instancia, al Presidente de la Comision de Descentralizacion, Regionalizacion, Gobiernos Locales y Modernizacion del Estado, del Congreso de la Republica. 3.4. De considerarlo necesario, el Grupo de Trabajo podra solicitar la colaboracion de representantes de otros organismos publicos, organizaciones de la sociedad civil u organismos internacionales, asi como especialistas de entidades privadas, con el objetivo de obtener sus aportes para la elaboracion de la propuesta de Plan Nacional de Regionalizacion. Articulo 4°.- Secretario Tecnico del Grupo de Trabajo 4.1. El Grupo de Trabajo contara con un Secretario Tecnico que se encargara de formular los informes tecnicos que recojan las opiniones, propuestas o recomendaciones sobre los enfoques y orientaciones para definir los alcances y contenidos del Plan Nacional de Regionalizacion, y de realizar las acciones que le corresponda de acuerdo con el articulo 96º y siguientes de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. 4.2. El Jefe de la Oficina de Gestion de Inversiones de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuara como Secretario Tecnico del mencionado Grupo de Trabajo, y la Oficina a su cargo prestara el apoyo administrativo, tecnico y legal que pueda requerir el precitado organo colegiado. Articulo 5°.- Designacion de representantes e instalacion del Grupo de Trabajo 5.1. En un plazo MORDAZA de tres (03) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial, los representantes titulares y alternos del Grupo de Trabajo deberan ser acreditados ante la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante comunicacion escrita de sus respectivas instituciones. 5.2. En un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial se instalara el Grupo de Trabajo. El Secretario de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros sera el encargado de realizar la correspondiente convocatoria. 5.3. El Grupo de Trabajo desarrollara sus funciones en un plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario, contados desde el dia siguiente de su instalacion, luego del cual cesara en sus funciones. Articulo 6°.- Funcionamiento 6.1. El funcionamiento del Grupo de Trabajo no irrogara gastos al Tesoro Publico. 6.2. Cada entidad conformante del Grupo de Trabajo asumira los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 573979-1

Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio normado por la Ley Num. 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demas Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; asimismo, la citada ley establece como uno de sus principios el servicio al ciudadano, y especifica que las entidades del Poder Ejecutivo estan al servicio de las personas y de la sociedad, por lo que deben actuar en funcion a sus necesidades y al interes general de la nacion, asegurando que sus actividades se realicen con arreglo a la eficacia, eficiencia, continuidad y celeridad de la gestion; Que, la Ley Num. 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, organizaciones, procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos, y herramientas para llevar alcanzar tales fines; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM y sus modificatorias, establece entre las funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuar como ente rector del Sistema Nacional de Informatica, a traves de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI), la cual se constituye en el organo especializado dependiente jerarquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, y se encarga de dirigir el Sistema Nacional de Informatica, segun lo establecido en el primer parrafo del Articulo 49° del Reglamento MORDAZA citado; Que, el numeral 50.3 del Articulo 50° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece entre las funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI), desarrollar acciones orientadas a la consolidacion y desarrollo del Sistema Nacional de Informatica, asi como supervisar el cumplimiento de la normatividad correspondiente, por lo que es de cargo de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI), como parte de su funcion supervisora, respecto de la normatividad en materia de su competencia, proponer y ejecutar la "Evaluacion de Portales de la Administracion Publica ­ 2010", para obtener y mantener actualizada la informacion tecnica relacionada con la situacion de los Portales de las entidades del Sistema Nacional de Informatica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Num. 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Num. 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autoriza la "Evaluacion de Portales Institucionales de la Administracion Publica ­ 2010" Autorizar la ejecucion de la "Evaluacion de Portales Institucionales de la Administracion Publica ­ 2010" en todas las entidades del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales (con mas de 50,000 habitantes) y Entidades Autonomas, pertenecientes al Sistema Nacional de Informatica. Articulo 2°.Aprueba el Cuestionario, Instrucciones y Glosario de Terminos para la "Evaluacion de Portales Institucionales de la Administracion Publica ­ 2010" Aprobar el Cuestionario, Instrucciones y Glosario de Terminos para la "Evaluacion de Portales Institucionales de la Administracion Publica ­ 2010", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

Autorizan ejecucion de la "Evaluacion de Portales Institucionales de la Administracion Publica - 2010"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 362-2010-PCM MORDAZA, 2 de diciembre de 2010

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