Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2010 (05/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 5º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 571628-1

por television educativa en UHF, ubicada en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 482-95-MTC/15.17 de fecha 23 de noviembre de 1995, se autorizo a la asociacion CENTRO DE COMUNICACION POPULAR Y PROMOCION DEL DESARROLLO DE MORDAZA EL MORDAZA CECOPRODE-VES la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion por television educativa en UHF en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, la cual vencio el 17 de setiembre del 2003; Que, mediante Escrito de Registro Nº 2004-018441 del 28 de octubre de 2004, la asociacion CENTRO DE COMUNICACION POPULAR Y PROMOCION DEL DESARROLLO DE MORDAZA EL MORDAZA CECOPRODEVES solicito la renovacion de la autorizacion de su estacion del servicio de radiodifusion por television educativa en UHF en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolucion Directoral Nº 849-2005-MTC/17 del 03 de MORDAZA de 2005, se declaro improcedente la solicitud de renovacion de autorizacion de la estacion del servicio de radiodifusion por television educativa en UHF, en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, formulada por la asociacion CENTRO DE COMUNICACION POPULAR Y PROMOCION DEL DESARROLLO DE MORDAZA EL MORDAZA CECOPRODEVES, quedando en consecuencia extinguida la autorizacion que le fuera otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 482-95-MTC/15.17 de fecha 23 de noviembre de 1995; Que, con Resolucion Directoral Nº 1467-2005-MTC/17 del 11 de MORDAZA de 2005, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la asociacion CENTRO DE COMUNICACION POPULAR Y PROMOCION DEL DESARROLLO DE MORDAZA EL MORDAZA CECOPRODEVES contra la Resolucion Directoral Nº 849-2005MTC/17; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 1812006-MTC/03 del 18 de MORDAZA del 2006, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 1467-2005-MTC/17, por la asociacion CENTRO DE COMUNICACION POPULAR Y PROMOCION DEL DESARROLLO DE MORDAZA EL MORDAZA CECOPRODE-VES, quedando agotada la via administrativa; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 039-2010MTC/03 se restituyo la vigencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 482-95-MTC/15.17, dejando ademas sin efecto la Resolucion Directoral Nº 849-2005-MTC/17; Que, el articulo 117º del entonces vigente Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud a la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que las solicitudes de renovacion no tienen el beneficio del silencio administrativo positivo, estableciendo que los interesados una vez vencidos los plazos respectivos pueden tener por denegadas sus peticiones o esperar el pronunciamiento del Ministerio; Que, al respecto, el entonces vigente Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, determinaba que el procedimiento administrativo de renovacion de autorizacion de servicios de radiodifusion, era uno sujeto al silencio negativo, cuyo plazo de vigencia era de 30 dias habiles; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendose que el procedimiento de renovacion para los servicios de radiodifusion es uno sujeto al silencio administrativo positivo, con un plazo de vigencia de 120 dias habiles, disposicion que beneficia al administrado, y que por tanto debe serle aplicable en su totalidad, en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la citada Resolucion Ministerial y la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo;

Renuevan autorizacion otorgada a asociacion para prestar servicio de radiodifusion por television educativa en UHF en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 914-2010-MTC/03 MORDAZA, 17 de noviembre de 2010 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2004-018441 de fecha 28 de octubre de 2004, presentada por la asociacion CENTRO DE COMUNICACION POPULAR Y PROMOCION DEL DESARROLLO DE MORDAZA EL MORDAZA CECOPRODE-VES sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion

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