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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (31/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 232

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433141 Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 16 1006 10 90 00 Demás arroces, excepto para siembra 17 1006 40 00 00 Arroz partido 18 1701 11 90 00 Azúcar en bruto de caña, sin adición de aromatizante ni colorante, excepto la chancaca (panela, raspadura) 19 1701 12 00 00 Azúcar en bruto de remolacha, sin adición de aromatizante ni colorante 20 1701 91 00 00 Azúcar de caña o de remolacha refi nados y sacarosa químicamente pura, en estado sólido, con adición de aromatizante o colorante 21 1701 99 10 00 Sacarosa químicamente pura 22 1702 19 20 00 Jarabe de lactosa 23 1702 20 00 00 Azúcar y jarabe de arce («maple») 24 1702 30 20 00 Jarabe de glucosa 25 1702 30 90 00 Glucosas, sin fructosa o con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, inferior al 20% en peso. 26 1702 40 10 00 Glucosa 27 1702 40 20 00 Jarabe de glucosa 28 1702 60 00 00 Demás fructosas y jarabe de fructosa, con un contenido de fructosa sobre producto seco superior al 50% en peso, excepto el azúcar invertido 29 1702 90 10 00 Sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural, con un contenido de fructosa sobre producto seco de 50% en peso 30 1702 90 20 00 Azúcar y melaza caramelizados, con un contenido de fructosa sobre producto seco de 50% en peso 31 1702 90 30 00 Azúcares con adición de aromatizante o colorante, con un contenido de fructosa sobre producto seco de 50% en peso 32 1702 90 40 00 Demás jarabes, con un contenido de fructosa sobre producto seco de 50% en peso 33 1703 10 00 00 Melaza de caña 34 1703 90 00 00 Demás melazas procedentes de la extracción o del refi nado del azúcar, excepto de caña 35 7106 10 00 00 Polvo de plata 36 7106 91 10 00 Plata en bruto, sin alear, incluida la plata dorada y la platinada 37 7106 91 20 00 Plata aleada 38 7106 92 00 00 Plata semilabrada 39 7107 00 00 00 Chapados de plata sobre metales comunes, en bruto o semilabradas 40 7108 11 00 00 Oro en polvo, para uso no monetario 41 7108 12 00 00 Oro en Demás formas, en bruto, incluido el oro platinado, excepto para uso monetario 42 7108 13 00 00 Oro en Demás formas semilabradas, incluido el oro platinado, excepto para uso monetario 43 7108 20 00 00 Oro para uso monetario, incluida el oro platinado 44 7109 00 00 00 Chapados de oro sobre metales comunes o sobre plata, en bruto o semilabrados 45 7402 00 10 00 Cobre “blister” sin refi nar 46 7402 00 20 00 Cobre sin refi nar, excepto el “blister” 47 7402 00 30 00 Anodos de cobre para refi nado electrolítico 48 7403 11 00 00 Cátodos y secciones de cátodos, de cobre refi nado 49 7403 12 00 00 Barras para alambrón (wire- bars), de cobre refi nado 50 7403 13 00 00 Tochos, de cobre refi nado 51 7403 19 00 00 Cobre refi nado, en bruto, excepto en catódos, barras para alambrón y tochos 52 7403 21 00 00 Aleaciones a base de cobre-zinc (latón) 53 7403 22 00 00 Aleaciones a base de cobre-estaño (bronce) 54 7403 29 10 00 Aleaciones a base de cobre-níquel(cuproníquel) o de cobre-níquel- zinc (alpaca) 55 7407 10 00 00 Barras y perfi les de cobre refi nado 56 7407 21 00 00 Barras y perfi les a base de cobre-zinc (latón) 57 7407 29 00 00 Demás barras y perfi les de cobre 58 7408 21 00 00 Alambre a base de cobre-zinc (latón) 59 7408 22 00 00 Alambre a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre- níquelzinc (alpaca) 60 7408 29 00 00 Alambre de los demás aleaciones de cobre (p. ej.: a base de cobre- estaño (bronce) 61 7409 19 00 00 Chapas y bandas sin enrollar, de cobre refi nado, de espesor superior a 0,15 mm 62 7409 21 00 00 Chapas y bandas enrolladas, de aleaciones a base de cobre-zinc (latón) 63 7409 31 00 00 Chapas y bandas enrolladas, de aleaciones a base de cobre- estaño (bronce) 64 7409 39 00 00 Chapas y bandas sin enrollar, de aleaciones a base de cobre- estaño (bronce) 65 7409 40 00 00 Chapas y bandas sin enrollar, de aleaciones a base de cobre- níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-zinc (alpaca) 66 7410 21 00 00 Hojas y tiras delgadas de espesor inferior o igual a 0,15 mm, con soporte de papel, cartón, plástico o similares 67 7410 22 00 00 Hojas y tiras delgadas, de espesor inferior o igual a 0,15 mm, de aleaciones de cobre, con soporte de papel, cartón plástico o similares 68 7411 21 00 00 Tubos a base de cobre-zinc (latón) 69 7411 22 00 00 Tubos a base de cobre-níquel cuproníquel) o de cobre-níquel-zinc (alpaca) 70 7411 29 00 00 Tubos de los demás aleaciones de cobre 71 7412 10 00 00 Accesorios de tubería de cobre refi nado 72 7413 00 00 00 Cables, trenzas y artículos similares, de cobre, sin aislamiento eléctrico Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 73 7415 10 00 00 Puntas y clavos, chinchetas, grapas apuntadas y artículos similares 74 7415 21 00 00 Arandelas de cobre (incluidas las arandelas de muelle) 75 7415 29 00 00 Demás artículos sin roscar, excepto las arandelas 76 7415 33 00 00 Tornillos; pernos y tuercas, roscados 77 7415 39 00 00 Demás artículos roscados de cobre, excepto los tornillos, pernos y tuercas 78 7418 11 00 00 Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos, de cobre 79 7418 19 10 00 Aparatos no eléctricos de cocción o de calefacción y sus partes, de cobre 80 7418 19 90 00 Demás artículos de uso doméstico y sus partes, de cobre 81 7418 20 00 00 Artículos de higiene o de tocador y sus partes, de cobre 82 7419 10 00 00 Cadenas y sus partes, de cobre 83 7419 91 00 00 Demás manufacturas de cobre, coladas, moldeadas, estampadas o forjadas, pero sin trabajar de otro modo 84 7419 99 90 00 Demás manufacturas de cobre 85 7604 10 10 00 Barras de aluminio sin alear 86 7604 29 10 00 Demás barras de aleaciones de aluminio 87 7604 29 20 00 Demás perfi les de aleaciones de aluminio, excepto perfi les huecos 88 7606 92 20 00 Discos para la fabricación de envases tubulares, de aleaciones de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm 89 7608 20 00 00 Tubos de aleaciones de aluminio 90 7609 00 00 00 Accesorios de tubería (por ejemplo: racores, codos o manguitos), de aluminio 91 7612 10 00 00 Envases tubulares colapsibles (fl exibles), de aluminio, de capacidad inferior o igual a 300 L 92 7612 90 10 00 Demás envases para el transporte de leche, de aluminio, de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos 93 7612 90 40 00 Barriles, tambores y bidones, de aluminio, para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo 94 7612 90 90 00 Demás depósitos, cajas y recipientes similares de aluminio, excepto envases tubulares fl exibles, envases para el transporte de leche, envases criógenos, o barriles, tambores y demás bidones, de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánic 95 7615 11 00 00 Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos, de aluminio 96 7615 19 11 00 Ollas de presión, de uso doméstico, de aluminio 97 7615 19 19 00 Demás artículos de uso doméstico, de aluminio 98 7615 19 20 00 Partes de artículos de uso doméstico, de aluminio 99 7615 20 00 00 Artículos de higiene o de tocador, y sus partes, de aluminio 100 7616 10 00 00 Puntas, clavos, grapas apuntadas, tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas, arandelas y artículos similares, de aluminio 101 7801 10 00 00 Plomo refi nado, en bruto 102 7801 91 00 00 Plomo en bruto con antimonio como otro elemento predominante en peso 103 7801 99 00 00 Plomo en bruto, excepto el refi nado y el plomo con antimonio como otro elemento predominante 104 7802 00 00 00 Desperdicios y desechos, de plomo 105 7804 11 00 00 Hojas y bandas, de espesor inferior o igual a 0,2 mm. (sin incluir el soporte), de Plomo 106 7804 19 00 00 Hojas y bandas, de espesor superior a 0,2 mm., planchas de plomo 107 7804 20 00 00 Polvo y partículas, de plomo 108 7806 00 90 00 Demás manufacturas de plomo 109 7901 20 00 00 Aleaciones de zinc 110 7902 00 00 00 Desperdicios y desechos, de cinc 111 7905 00 00 11 Chapas, hojas y tiras, laminados planos, de zinc, de espesor inferior o igual a 0,65 mm 112 7905 00 00 12 Chapas, hojas y tiras, laminados planos, de zinc, de espesor superior a 0,65 mm 113 7905 00 00 91 Discos, hexagonos, de zinc, cuya mayor dimension no exceda de 30 mm 114 7905 00 00 99 Demás chapas, hojas y tiras, de zinc 115 7907 00 90 00 Demás manufacturas de cinc 116 8001 10 00 00 Estaño sin alear 117 8001 20 00 00 Aleaciones de estaño, 118 8002 00 00 00 Desperdicios y desechos, de estaño 119 8003 00 10 00 Barras y alambres de estaño aleado, para soldadura 120 8003 00 90 00 Perfi les de estaño; Barras y alambres de estaño, excepto para soldadura ANEXO II Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 1 0101 90 11 00 Caballos para carrera, vivos 2 0101 90 19 00 Demás caballos, vivos 3 0102 90 10 00 Bovinos para lidia, vivos 4 0105 99 00 00 Patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de peso superior a 185 g., vivos 5 0106 11 00 00 Primates, vivos 6 0106 12 00 00 Ballenas, delfi nes y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); manatíes y dugongos (mamíferos del orden Sirenios), vivos