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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (31/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 232

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433132 Vista la Carta de fecha 21 de diciembre de 2010 del Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1351-2009 DE/SG de fecha 28 de diciembre de 2009, se designó al señor Percy Jesús Caro Céspedes, en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística del Ministerio de Defensa; Que, mediante el documento de vista, el referido funcionario ha presentado su renuncia, por lo que resulta pertinente emitir la resolución correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nro.27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Percy Jesús Caro Céspedes al cargo de Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística del Ministerio de Defensa, con efectividad al 01 de enero de 2011, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir del 01 de enero de 2011, al Coronel FAP Alfredo Torres Calderón Huerta en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 584587-1 Constituyen Grupo de Trabajo encargado de evaluar y revisar diversos contratos de comodato suscritos por la Marina de Guerra con miembros de la Asociación CAPICUNA y la Coordinadora Autonóma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay - CAPICUNA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1532-2010-DE/MGP Lima, 29 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú es propietaria del terreno que ocupa la Base Naval de Iquitos, ubicada en el Distrito de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, el cual se encuentra inscrito en los Tomos 31, 32, 33, 44, 53, 70, 85, 232 y 233 del Registro de Propiedad Inmueble de Loreto, terrenos que han sido invadidos progresivamente por diversas comunidades nativas, que están asociadas en la denominada Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 966-2005-DE/ SG del 04 de noviembre de 2005, se creó la Comisión de Trabajo encargada de proponer la solución y/o soluciones a la Problemática de Territorialidad, Defensa Nacional y Aspectos Legales relacionados entre la Marina de Guerra del Perú y las Comunidades “Santo Tomás”, “Santa Clotilde”, “Independencia” y “El Milagro” de la Cuenca del Río Nanay y Amazonas; Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0013-2008-CGMG del 09 de enero de 2008, se aprobaron cuarenta (40) Contratos de Comodato suscritos por la Marina de Guerra del Perú con comuneros miembros de la Asociación CAPICUNA y la Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA, por un plazo de vigencia de cinco (05) años, con la fi nalidad de coadyuvar al otorgamiento de créditos ofrecidos por el Gobierno Regional de Loreto para la siembra y cultivo del producto agroindustrial Sacha Inchi, en los terrenos de dicha Institución Armada que conforman la Base Naval de Iquitos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 577-2009- DE/SG del 26 de junio de 2009, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 631-2010-DE/MGP del 16 de junio de 2010, se creó la Comisión de Trabajo encargada de proponer la solución a la Problemática de Territorialidad existente entre la Marina de Guerra del Perú y la Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA; Que, con fecha 15 de diciembre de 2010, representantes de la Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA se entrevistaron con el Ministro de Defensa, contando con la asistencia de representantes de la Marina de Guerra del Perú; Que, es necesario evaluar y revisar los precitados Contratos de Comodato vigentes, con la fi nalidad de verifi car la posibilidad de ampliar el plazo de su vigencia y/o la suscripción de nuevos Contratos, para cuyo efecto se debe conformar un Grupo de Trabajo; Que, a tenor del artículo 35° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, este Poder del Estado puede encargar a Grupos de Trabajo las funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; Estando a lo recomendado por la Marina de Guerra del Perú y con la visación de la Dirección General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 001-2008-DE – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo encargado de evaluar y revisar los cuarenta (40) Contratos de Comodato suscritos por la Marina de Guerra del Perú con miembros de la Asociación CAPICUNA y la Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA, con la fi nalidad de recomendar la posibilidad de ampliar el plazo de su vigencia y/o de celebrar nuevos Contratos de Comodato, la misma que estará integrada por: - El Comandante de la Quinta Zona Naval, quien lo presidirá; - El Jefe del Departamento de Infraestructura de la Quinta Zona Naval; - El Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía, y - Dos (02) representantes de la Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA. Artículo 2º.- La Coordinadora Autónoma de los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Nanay – CAPICUNA comunicará por escrito al Presidente del Grupo de Trabajo los nombres de sus representantes, pudiendo asesorarse por otras personas debidamente acreditadas para tal efecto. Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo se instalará en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notifi cación de la presente Resolución al Presidente del Grupo de Trabajo. Artículo 4º.- El Grupo de Trabajo a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar al Ministro de Defensa un informe fi nal, con el resultado de la evaluación y revisión de los citados Contratos de Comodato, dentro del plazo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de su instalación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 584587-2