Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

433133

Designan Director General de Gestion Administrativa para la Defensa del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1533-2010-DE/SG MORDAZA, 30 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1514-2010 DE/SG del 27 de diciembre del 2010, se acepto la renuncia con efectividad al 01 de enero del 2011, de la Directora General de Gestion Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial, dispuso encargar temporalmente a la Directora de Logistica del Ministerio de Defensa, las funciones de Directora General de Gestion Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; concordante con el articulo 9º de la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el articulo 8º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir del 01 de enero del 2011, al Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de Gestion Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el articulo MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 1514-2010 DE/SG del 27 de diciembre del 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 584587-3

Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios como un mecanismo que permitiese estabilizar las fluctuaciones de los precios internacionales de algunos productos agropecuarios incluidos en este Sistema, mediante la aplicacion de derechos variables adicionales y rebajas arancelarias determinados en funcion de Tablas Aduaneras; Que, por Decreto Supremo N° 318-2009-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz, Azucar y Lacteos y se establecio su vigencia hasta el 30 de junio de 2010; Que, por Decreto Supremo N° 138-2010-EF se establecio que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 318-2009-EF tendrian vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, corresponde aprobar mediante Decreto Supremo la actualizacion de las Tablas Aduaneras efectuada por el Banco Central de Reserva del Peru, para el semestre comprendido del 1° de enero al 30 de junio de 2011; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25896; DECRETA: Articulo 1º.- Actualizacion de las Tablas Aduaneras Apruebase la actualizacion de las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Vigencia de las Tablas Aduaneras Las Tablas Aduaneras aprobadas en el Articulo 1° tendran vigencia en el periodo del 1° de enero hasta el 30 de junio de 2011. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban actualizacion de Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF
DECRETO SUPREMO N° 278-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

TABLA ADUANERA DEL AZUCAR (US$/TM) Partidas Afectas 1701.11.90.00 1702.60.00.00 1701.12.00.00 1702.90.20.00 1701.99.90.00 1702.90.30.00 Precios CIF de Referencia 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 Derecho adicional Rebaja arancelaria 321 320 319 318 317 316 315 314 313 312 311 Precios CIF de Referencia 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 Derecho adicional Rebaja arancelaria 215 214 213 212 211 210 209 208 207 206 205 1702.90.40.00

Precios Derecho Precios CIF CIF adicional de Referencia de Rebaja Referencia arancelaria 381 109 484 382 108 485 383 107 486 384 106 487 385 105 MAYOR A 487 386 104 MENOR A 605 387 103 605 388 102 606 389 101 607 390 99 608 391 98 609

Derecho adicional Rebaja arancelaria 3 2 1 0 0 0 0 -1 -2 -3 -4

Precios CIF de Referencia 702 703 704 705 706 707 708 709 710 711 712

Derecho adicional Rebaja arancelaria -100 -101 -102 -103 -104 -105 -106 -107 -108 -109 -110

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