Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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Nº 768 769 SUBPARTIDA NACIONAL 8418 10 10 00 8418 10 20 00 DESCRIPCION

NORMAS LEGALES
Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas, de volumen inferior a 184 l Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas, de volumen superior o igual a 184 l pero inferior a 269 l Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas, de volumen superior o igual a 269 l pero inferior a 382 l Demas combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas. Refrigeradores domesticos de compresion, de volumen inferior a 184 l Refrigeradores domesticos de compresion, de volumen superior o igual a 184 l pero inferior a 269 l Refrigeradores domesticos de compresion, de volumen superior o igual a 269 l pero inferior a 382 l Demas refrigeradores domesticos de compresion Refrigeradores domesticos de absorcion, electricos Demas refrigeradores domesticos Congeladores-conservadores horizontales del MORDAZA arca, de capacidad inferior o igual a 800 litros Congeladores-conservadores verticales del MORDAZA armario, de capacidad inferior o igual a 900 litros Demas partes de muebles de la subpartida nacional 8418.91.00.00 Calentadores de agua de calentamiento instantaneo, de gas Lavavajillas para uso domestico Demas cortadoras de cesped, autopropulsadas Demas cortadoras de cesped, excepto autopropulsadas Maquinas rectilineas de tricotar, de uso domestico Maquinas totalmente automaticas para lavar ropa, de capacidad unitaria, expresado en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg. Demas maquinas para lavar ropa de capacidad unitaria, expresado en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 Kg., con secadora centrifuga incorporada Demas maquinas para lavar ropa de capacidad unitaria, expresado en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 Kg MORDAZA de maquinas de coser domesticas Maquinas de coser domesticas Demas valvulas reductoras de presion Demas valvulas de retencion

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 y la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Apruebese la politica remunerativa del Pliego Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP, de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional www.irtp.gob.pe en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- De la aprobacion El Directorio o la mas alta autoridad de la entidad o a quien estos deleguen, debera fijar el monto que le corresponda a cada trabajador, en ningun caso el monto fijado para cada trabajador podra superar el monto MORDAZA establecido en la presente Escala Remunerativa. El Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP solo reconocera a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales mas dos gratificaciones, una por MORDAZA Patrias y otra por Navidad, de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- De la prohibicion Prohibase, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, la percepcion por parte del trabajador de cualquier otro ingreso, retribucion, subvencion o asignacion por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dinerario, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en la presente Escala Remunerativa. Articulo 4º.- Del financiamiento La presente Escala Remunerativa se financiara con cargo a los recursos asignados al Pliego Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 584596-5

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Aprueban la politica remunerativa del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP
DECRETO SUPREMO Nº 280-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su numeral 1 establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ano fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta del Titular del Sector; Que, el MORDAZA parrafo del numeral 6.1 del articulo 6º de la Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, exceptua al Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP de la prohibicion del reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estimulos, incentivos y beneficios de toda indole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento; Que, el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 829 crea el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP y en su articulo 6º establece que su personal esta sujeto al regimen laboral de la actividad privada; Que, en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA citados es necesario aprobar la politica remunerativa del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru ­ IRTP; De conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del numeral 6.1 del Articulo 6º de la Ley Nº 29465 ­ Ley de

Designan Viceministro de Economia
RESOLUCION SUPREMA N° 141-2010-EF MORDAZA, 30 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema No. 004-2010EF del 09 de enero del 2010, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Tragodara en el cargo de Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, dicho funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; Que, en tal sentido corresponde aceptar la renuncia acotada y designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Tragodara, al cargo de Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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