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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (31/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 232

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433187 N° SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION 40 9015.40.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS 41 9015.80.10.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRÍA 42 9015.80.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS 43 9015.90.00.00 PARTES Y ACCESORIOS 44 9020.00.00.00 LOS DEMÁS APARATOS RESPIRATORIOS Y MÁSCARAS ANTIGÁS, EXCEPTO LAS MÁSCARAS DE PROTECCIÓN SIN MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE 45 9027.30.00.00 ESPECTRÓMETROS, ESPECTROFOTÓMETROS Y ESPECTRÓGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES ÓPTICAS (UV, VISIBLES, IR) 46 9030.33.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O CONTROL DE TENSIÓN, INTENSIDAD, RESISTENCIA O POTENCIA, SIN DISPOSITIVO REGISTRADOR II. SERVICIOS a) Servicios de Operaciones de Exploración Minera: • Topográfi cos y geodésicos. • Geológicos y geotécnicos (incluye petrográfi cos, mineragráfi cos, hidrológicos, restitución fotogramétrica, fotografías aéreas, mecánica de rocas). • Servicios geofísicos y geoquímicos (incluye ensayes). • Servicios de perforación diamantina y de circulación reversa (roto percusiva). • Servicios aerotopográfi cos. • Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos aerotransportados. • Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc). b) Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploración Minera: • Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto. • Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploración minera. • Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera. • Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera. • Alquiler o arrendamiento fi nanciero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración. • Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos. • Servicios médicos y hospitalarios. • Servicios relacionados con la protección ambiental. • Servicios de sistemas e informática. • Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital. • Servicios de seguridad industrial y contraincendios. • Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. • Servicios de seguros. • Servicios de rescate, auxilio. 583652-1 Aprueban el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) correspondiente al período 2011-2020 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 572-2010-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se creó la Dirección General de Electrifi cación Rural como órgano dependiente del Despacho del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Decreto Ley N° 28749, se aprobó la Ley General de Electrifi cación Rural, con el objeto de establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo efi ciente y sostenible de la electrifi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM de fecha 03 de mayo de 2007, se aprobó el Reglamento del Decreto Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural; Que, el artículo 10° de la Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas elaborará el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) a largo plazo, con un horizonte de diez años, el mismo que consolidará los Planes de desarrollo Regional y Local concertados, los programas de expansión de las empresas concesionarias de distribución eléctrica y de electrifi cación rural, las iniciativas privadas y los programas o proyectos a desarrollarse por el Gobierno Nacional; Que, el artículo 18° del Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural, dispone que el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) es aprobado por el Titular del Sector Energía y Minas; Que, en concordancia con lo dispuesto en el considerando anterior y lo establecido en el artículo 15° del Decreto Supremo N° 025-2007-EM, la Dirección General de Electrifi cación Rural ha elaborado el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) correspondiente al periodo 2011-2020; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Electrifi cación Rural – Ley N° 28749 y el Decreto Supremo N° 025-2007-EM –Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural; Ley Orgánica del Sector Energía y Minas –Decreto Ley N° 25962 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) correspondiente al periodo 2011-2020. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Electrifi cación Rural la difusión del Plan Nacional de Electrifi cación rural (PNER), así como disponer su publicación en la página web del Ministerio de Energía y Minas a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 584577-1 Aprueban el Plan a Corto Plazo del Plan Nacional de Electrificación Rural, correspondiente al período 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 573-2010-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se creó la Dirección General de Electrifi cación Rural como órgano dependiente del Despacho del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Decreto Ley N° 28749, se aprobó la Ley General de Electrifi cación Rural, con el objeto de establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo efi ciente y sostenible de la electrifi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;