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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2010 (22/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de enero de 2010 411623 Modifican el ISC aplicable a los bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo DECRETO SUPREMO Nº 013-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 61º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrá modifi car las tasas y/o montos fi jos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV; Que, resulta conveniente modifi car el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del citado TUO; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del Impuesto Selectivo al Consumo Modifícase el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, en la forma siguiente: SUBPARTIDAS NACIONALES PRODUCTOS MONTOS EN NUEVOS SOLES 2710.19.21.11/ 2710.19.21.99 Gasoils - excepto el Diesel B2 -, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm S/. 1,27 por galón 2710.19.21.11/ 2710.19.21.99 Los demás gasoils - excepto el Diesel B2 - S/. 1,47 por galón 2710.19.21.21 Diesel B2, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm S/. 1,24 por galón 2710.19.21.29 Los demás Diesel B2 S/. 1,44 por galón Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 449279-2 Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2010-EF/43 Lima, 13 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; precisando, en cada materia, a los Ministerios encargados de supervisar su cumplimiento; Que, el Artículo 3 del citado Decreto Supremo señala que mediante Resolución Ministerial, cada Sector deberá aprobar y publicar las Metas e Indicadores de Desempeño para su evaluación semestral; Que, en cumplimiento del citado dispositivo legal la Ofi cina General de Administración, ha elaborado las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2010, contenidas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución; el mismo que es necesario aprobar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2010, contenidas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL