Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2010 (22/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
Nivel de tension ( kV ) 22,9 Nº de Longitud Ancho de ternas (km) la faja (m) 01 17,93 11

411639

Cod. Exp. Inicio y llegada de la linea electrica 21209109 Sector Electrico Anta: - Derivaciones

CONSIDERANDO: Que, el articulo 26° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional, el diseno de politicas nacionales y sectoriales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, resulta necesario establecer las politicas nacionales que seran de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verificables para todas las dependencias del Sector Energia y Minas, a fin de que los funcionarios impulsen transversalmente su promocion y ejecucion en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; De conformidad con la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo N° 0312007-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; Con la opinion favorable del Viceministro de Energia, del Viceministro de Minas y del Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales del ano 2010 correspondiente al Sector Energia y Minas, la misma que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las Entidades y los Organos del Sector Energia y Minas incluidos en la implementacion de estas politicas deben remitir oportunamente a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas la informacion de la ejecucion de las Metas y Politicas Nacionales al finalizar cada semestre. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion la publicacion de la matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Electro Sur Este S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Electro Sur Este S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 441442-2

Aprueban matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales del ano 2010 correspondiente al Sector Energia y Minas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 017-2010-MEM/DM MORDAZA, 15 de enero de 2010

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
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