Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2010 (04/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de febrero de 2010

cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demas entidades del Gobierno Nacional; Que, el referido Decreto Supremo establece que, mediante Resolucion del Titular del Sector, los Ministerios deben publicar las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, mediante informe Nº 015-2010-OPP-SG/ MINAM, se senala que se ha coordinado con los organos y organismos del sector, la elaboracion de las metas e indicadores de desempeno MORDAZA referidos; De, conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013 de creacion del Ministerio del Ambiente y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las metas e indicadores de desempeno del Ministerio del Ambiente, correspondiente al ano fiscal 2010, para el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 027-2008-PCM, los mismos que en anexo forman parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Las metas e indicadores de desempeno aprobadas mediante el articulo precedente, debera publicarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 453186-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-2010-MINAM Mediante Oficio Nº 114-2010-SG-MINAM, el Ministerio del Ambiente solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 011-2010-MINAM, publicada en nuestra edicion del dia 2 de febrero de 2010 - En el ultimo parrafo de la Memoria Descriptiva DICE: "La version oficial impresa y digital de los limites se encuentra en el expediente de creacion que sustenta el presente Decreto Supremo (...)". DEBE DECIR: "La version oficial impresa y digital de los limites se encuentra en el expediente de creacion que sustenta la presente Resolucion Ministerial (...)". 453246-1

presupuestarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el Ano Fiscal 2009 a las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que no se hubieran comprometido o devengado al 31 de diciembre de 2009, estableciendo ademas que la incorporacion solo debe comprender los recursos para proyectos de inversion publica que se encuentren en ejecucion o para aquellos que hayan iniciado procesos de seleccion, debidamente registrados en el SEACE; Que, el MORDAZA parrafo de la Vigesima Disposicion Final de la Ley N° 29465, exceptua al Ministerio de Educacion de lo citado en el considerando precedente, autorizandose a incorporar los creditos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el ano 2009, para la ejecucion de proyectos de inversion priorizados para este ano fiscal; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la mencionada incorporacion de recursos, a traves de un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, aprobado por la Ley N° 29465, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 260 759 996,00); De conformidad con lo establecido por la Vigesima Disposicion Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, y el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 260 759 996,00), para garantizar la continuidad de los proyectos de inversion, conforme se detalla en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS GASTOS SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : GOBIERNO CENTRAL : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios 234 327 738,00 ----------------------TOTAL GOBIERNO CENTRAL 234 327 738,00 =============== (En Nuevos Soles) 260 759 996,00 ---------------------260 759 996,00 ============= (En Nuevos Soles)

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario para la continuidad de Proyectos de Inversion durante el ano 2010
DECRETO SUPREMO N° 053-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con el fin de garantizar la continuidad de proyectos de inversion durante el ano 2010, la Vigesima Disposicion Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, autoriza que mediante Decreto Supremo se incorpore los creditos

SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 1 : Recursos Ordinarios 26 432 258,00 --------------------TOTAL INST. DESCENTRALIZADAS 26 432 258,00 ============ TOTAL GASTOS 260 759 996,00 ============

GASTOS DE CAPITAL 2.6.Adquisicion de Activos no Financieros

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Autoricese a los Titulares de los Pliegos comprendidos en la presente MORDAZA legal a aprobar mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos a que se refiere el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (05) dias de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo.

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