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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de febrero de 2010 414426 mismo preste servicios en los grados de 3º, 4º y 5º del nivel secundario, a partir del año 2010, a los mejores alumnos seleccionados a nivel nacional, autorizando al Ministerio de Educación a dictar las medidas complementarias que sean necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la indicada Resolución; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0370- 2009-ED, de fecha 15 de diciembre de 2009, se constituye la Comisión Especial de Gestión de la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú”; Que, a través del Memorando Nº 017-2010-CECMSPP de fecha 18 de febrero de 2010, el Presidente de la Comisión Especial de Gestión de la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú”, solicita a la Unidad de Abastecimiento se promueva el trámite para la aprobación de la exoneración de los procesos para la contratación de bienes y servicios para el Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú y su incorporación en el Plan Anual de Contrataciones del Estado, adjuntando un informe en el cual explica que, dado el tiempo existente hasta la fecha de inicio de clase, la realización de procedimientos de selección excedería largamente el plazo para el cual se requieren estas adquisiciones. Asimismo, la ausencia de las mismas compromete en forma directa e inminente el cumplimiento de las funciones de la Comisión Especial de Gestión de la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú”, que es la de garantizar la implementación y funcionamiento de la citada institución educativa, y el logro de sus objetivos, en forma oportuna, por lo que deviene en imperiosa necesidad que se autorice la exoneración de los procesos de selección, máxime cuando se trata de una actividad de interés nacional para el cumplimiento de una disposición gubernativa. Adjunta, debidamente visado, el anexo de inclusión de seis procesos a exonerarse, en el Plan Anual de Contrataciones de la entidad 2010; Que, mediante el Informe Nº 041-2010-ME/SG-OGA, de fecha 18 de febrero de 2010, la Ofi cina General de Administración sustenta que la falta de los bienes y servicios propuestos por el Presidente de la Comisión Especial de Gestión de la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú” compromete en forma directa e inminente el cumplimiento de las funciones de la Comisión responsable de la implementación y funcionamiento de la citada institución educativa, y para iniciar el año escolar en la indicada Institución, oportunamente en el año 2010, tal como expresamente se dispuso en la Resolución Suprema Nº 034-2009-ED; lo que considera un supuesto de exoneración de proceso por situación de desabastecimiento inminente, solicitando que la contratación sea incluida en el Plan Anual de Contrataciones de la entidad, y precisando que esta exoneración cubre las respectivas necesidades de la citada Institución Educativa. Asimismo, indica contar con los términos de referencia elaborados por la Dirección General de Tecnologías Educativas para la contratación de los bienes y servicios siguiente, que detallan en cuadro adjunto: Adquisición de Implementos para Deportes, Actividades Atléticas y Gimnásticas; Adquisición de Uniformes Escolares; Adquisición de zapatos y zapatillas para los alumnos; adquisición de mobiliario; contratación de póliza de seguro contra accidentes personales para los estudiantes, adquisición de útiles escolares y adquisición e instalación de equipos y materiales TIC. Asimismo solicita que las seis primeras contrataciones mencionadas se incluyan en el Plan Anual de Adquisiciones de la entidad; Que, a través de las Hojas de Coordinación Interna Nº 181-2010-ME/SPE-UP, de fecha 28 de enero de 2010 y Nº 613-2010-ME/SPE-UP de fecha 18 de febrero de 2010, la Unidad de Presupuesto, otorgó certifi cación presupuestal a la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, para la realización de las contrataciones detalladas para el funcionamiento del “Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú”, hasta por un monto de S/. 9’521,787.00 (Nueve millones quinientos veintiún mil setecientos ochenta y siete y 00/100 nuevos soles), por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, a través de los Informes de Estudio de las Posibilidades que ofrece el Mercado Nº 001-2010-ME/ SG-OGA-UA-APROC- U.E. 026, Nº 0021-2010-ME/SG- OGA-UA-APROC U.E. 026 de fecha 11 de febrero de 2010, Nº 0022-2010-ME/SG-OGA-UA-APROC UE 026, de fecha 10 de febrero de 2010, Nº 0024-2010-ME/SG- OGA-UA-APROC UE. 026 de fecha 12 de febrero de 2010, Nº 0025-2010-ME/SG-OGA-UA-APROC U.E. 026 de fecha 15 de febrero de 2010, Nº 0030-2010-ME/SG- OGA-UA-APROC U.E. 026 de fecha 16 de febrero de 2010, y Nº 0031-2010-ME/SG-OGA-UA-APROC. U.E. 026 , el Área de Programación y Costos de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, ha determinado el valor referencial para la Adquisición e Instalación de Equipos y Materiales TIC (equipamiento tecnológico de información y comunicación) para la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente de la República”, en la suma de S/. 4’029,298.86 (Cuatro millones veintinueve mil doscientos noventa y ocho y 86/100 nuevos soles), la adquisición de uniformes escolares, en la suma de S/. 610,000.00 (Seiscientos diez mil y 00/100 nuevos soles), la adquisición de mobiliario, en la suma de S/. 628,412.50 (Seiscientos veintiocho mil cuatrocientos doce y 50/100 nuevos soles), la contratación de la póliza de seguro contra accidentes personales para los estudiantes, en la suma de S/. 102,600.00 (Ciento dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles), la adquisición de zapatos y zapatillas para los alumnos en la suma de S/. 93,003.00 (Noventa y tres mil tres y 00/100 nuevos soles), la adquisición de implementos para deportes, actividades atléticas y gimnásticas, en la suma de S/. 3’084,861.99 (Tres millones ochenta y cuatro mil ochocientos sesentiún y 99/100 nuevos soles) y la adquisición de útiles escolares, en la suma de S/. 518,148.00 (Quinientos dieciocho mil ciento cuarenta y ocho y 00/100 nuevos soles); Que, de conformidad con el artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, “Se considera desabastecimiento a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades y operaciones que la entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda” ; Que, el artículo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 021-2009-EF y 140-2009-EF, precisa que “La necesidad de los bienes y servicios u obras debe ser actual e imprescindible para atender los requerimientos inmediatos.... En la resolución o acuerdo exoneratorio deberá disponerse el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados”; Que, mediante los documentos del Vistos, la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, señalan que la situación producida se enmarca en las disposiciones del artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y artículo 129º de su Reglamento; De conformidad con lo expuesto en los informes técnico y legal del visto, y en uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modifi catorias, la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF y sus modifi catorias aprobadas por los Decretos Supremos Nº 021-2009-EF y Nº 140-2009-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar en el Plan Anual de Contrataciones de la entidad correspondiente al ejercicio 2010, las contrataciones cuya inclusión propone la Ofi cina General de Administración en su Informe Técnico del visto, destinadas al funcionamiento de la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú”. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración por la causal de situación de desabastecimiento inminente, los procesos de selección para la adquisición e instalación de equipos y materiales TIC (equipamiento tecnológico de información y comunicación) para la Institución Educativa Pública “Colegio Mayor Secundario Presidente de la República”, hasta por la suma de S/. 4’029,298.86 (Cuatro millones veintinueve mil doscientos noventa y ocho y 86/100 nuevos soles), la adquisición de uniformes escolares, hasta por la suma de S/. 610,000.00 (Seiscientos diez mil y 00/100 nuevos soles), la adquisición de mobiliario, hasta