Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2010 (27/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2010

articulo 8o. del presente Reglamento. La privatizacion de los mercados publicos recien referida comprende toda decision necesaria para proceder a la venta o transferencia, a cualquier titulo, de los puestos y establecimientos de los mercados publicos. En el MORDAZA de privatizacion de los mercados publicos debera respetarse el derecho de preferencia consagrado por la Ley en favor de los actuales conductores de los puestos y establecimientos correspondientes, cinendose al efecto a las normas consagradas en dicho Reglamento; Que, el Articulo 59º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 dispone que los bienes municipales, pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo del Concejo Municipal. Cualquier transferencia de propiedad o concesion sobre bienes municipales se hace a traves de subasta publica, conforme a ley. Estos Acuerdos deben ser puestos en conocimiento de la Controlaria General de la Republica en un plazo no mayor de siete dias, bajo responsabilidad; Que, la Ley Nº 26569 dispuso, entre otros, que la privatizacion de los mercados publicos de propiedad de los municipios provinciales o distritales, inclusive aquellos transferidos o afectados a las MORDAZA Municipales de Credito u otras entidades conlleva, bajo sancion de nulidad, que su enajenacion o transferencia, bajo cualquier titulo, de los puestos y demas establecimientos y/o servicios de dichos mercados, considere en primera oferta a los actuales conductores, que soliciten dicha preferencia; Que, la aludida ley conlleva la voluntad del Estado de proporcionar a los Gobiernos Locales del MORDAZA, asi como a otras instituciones del Estado, un instrumento mediante el cual, no solo les permita suprimir sus gastos corrientes en el mantenimiento y funcionamiento de los mercados publicos, sino que puedan incrementar sus recursos disponibles o cumplir con las obligaciones atrasadas, muchas de ellas en cobranza judicial, que vienen asumiendo de administraciones anteriores, contribuyendo asimismo a ser los gestores de nuevas microempresas de comercializacion que personalmente son atendidas por quienes regularmente realizan transacciones con el publico consumidor; Que, el Decreto Supremo Nº 004 96 PRES, del 9 de marzo de 1996 Aprueba el Reglamento de la Ley No. 26569, Ley de Privatizacion de los Mercados Publicos el mismo que consta de diecinueve (19) articulos, tres (3) capitulos y una (1) Disposicion Complementaria; asimismo en algunos de sus articulos es sustituido por el Decreto Supremo Nº 021 96 PCM, publicado el 26 de MORDAZA de 1996; Que, el Frente de Defensa del Pueblo de MORDAZA en su MORDAZA Plataforma de lucha entre otros solicitan la Privatizacion de los mercados; Que, los senores comerciantes de la Playa Grau informaron que MORDAZA del ano 2007 solicitaron se inicie la privatizacion de dicho MORDAZA, por lo que se puso en conocimiento del Ejecutivo en una sesion de Concejo Municipal, MORDAZA a la visita in situ al MORDAZA MORDAZA indicado con ocasion de la propuesta de inicio de privatizacion a inicios del 2007 presentado por los regidores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Zaga y MORDAZA MORDAZA, que hasta la fecha no se tiene ningun avance; Que, el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, en uso de las facultades conferidas en el articulo 20°, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, el Concejo Municipal de Huamanga en Sesion Extraordinaria en VOTACION por Unanimidad de votos de los Regidores, aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA PRIVATIZACION DE LOS MERCADOS DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA A FAVOR DE LOS COMERCIANTES QUE ESTAN ACTUALMENTE EN POSESION DIRECTA. Articulo Primero.- APROBAR la Privatizacion de los Mercados de Propiedad de la Municipalidad Provincial de Huamanga a favor de los comerciantes que estan actualmente en posesion directa "conductores actuales", los mismos que son: MORDAZA Playa Grau, ubicado en la

interseccion de los Jirones Grau, MORDAZA Nueva y MORDAZA, de 2,714.80 m2, inscrito a favor de la MPH en la Ficha Nº 1016-020903 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ayacucho; MORDAZA Mariscal MORDAZA, ubicado en la Urbanizacion Mariscal MORDAZA Mz. "F", de 4,914.50 m2; MORDAZA de La MORDAZA, ubicado en la Av. Mariscal MORDAZA sexta cuadra, de 3,204.94 m2, inscrito en la Ficha Nº 10264 del RPI de Ayacucho; MORDAZA MORDAZA F. MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ubicado entre los Jirones 28 de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Grau y MORDAZA F. MORDAZA, de 6,610.91 m2, inscrito en la Ficha registral Nº 7890-020903 del RPI de Ayacucho. Articulo Segundo.- CONFORMAR la Comision de Privatizacion de los Mercados Publicos, que estaran encargadas de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 26569; integradas por: 1.- Sub Gerente de Comercio y MORDAZA 2.- Gerente de Desarrollo Economico 3.- Un Representante de mercados. Los representantes de los mercados seran miembros en forma independiente por cada MORDAZA especifico y cada comision es independiente para cada mercado. Articulo Tercero.- INICIAR conforme a lo dispuesto en el Codigo Civil, el saneamiento de los inmuebles en los que actualmente funcionan los mercados administrados por la Municipalidad, asi como todo lo necesario para tal fin. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Gerencia Municipal realizar todas las gestiones y tramites que permitan la materializacion de lo que establece el articulo primero de la presente Ordenanza, asi como la suscripcion de los contratos de compra-venta y elevar las escrituras publicas correspondientes, de acuerdo a ley y su reglamento. Articulo Quinto.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial "El Peruano" asi como en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) y en el MORDAZA del Servicio al Ciudadano para su difusion, bajo responsabilidad. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los Organos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huamanga con las formalidades establecidas por Ley para sus fines consiguientes. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA S. MARTINELLI CHUCHON MORDAZA

523805-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Convenio suscrito con la Republica de Turquia para la Proteccion, Preservacion, Recuperacion y Restitucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historico Culturales, Resultantes del Trafico, Exportacion o Transferencia Ilicitos
Entrada en vigencia del "Convenio entre la Republica de Turquia y la Republica del Peru para la Proteccion, Preservacion, Recuperacion y Restitucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historico Culturales, Resultantes del Trafico, Exportacion o Transferencia Ilicitos", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 6 de febrero de 2003 y ratificado por Decreto Supremo Nº 051-2003-RE de fecha 19 de marzo de 2003, publicado con el texto del Convenio el 8 de MORDAZA de 2003. Entro en vigencia, el 12 de febrero de 2010.

524079-1

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