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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de julio de 2010 423059 Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima deberán formular sus solicitudes de ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza N° 727, la cual precisa que la presentación de las solicitudes de ratifi cación de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) deberán de efectuarse hasta el último día hábil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Ofi cio N° 531-2010- MSB-SG de fecha 08 de abril del 2010, la Municipalidad Distrital de San Borja, solicitó la ratifi cación de la Ordenanza N° 441-MSB, a través de la cual se dispone la aprobación de los derechos de trámite de los procedimientos de habilitaciones urbanas y edifi caciones contenidos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos institucional, siendo ésta materia de observaciones técnicas y legales detectadas por el Servicio de Administración Tributaria mediante Ofi cio Nº 004-090-00006493 de fecha 29 de abril del 2010; por lo que mediante Ofi cio N° 818-2010-MSB-SG de fecha 25 de mayo del 2010, la Municipalidad Distrital de San Borja procede al envío de la Ordenanza N° 442-MSB, que deroga la norma inicialmente enviada a ratifi car, así como información sustentatoria correspondiente. Que, cabe señalar que dicha solicitud ha sido tramitada y evaluada según la Ordenanza N° 607, de acuerdo con lo establecido en su Sexta Disposición Final, en la que se dispone su aplicación respecto de las solicitudes de ratifi cación de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1° de julio de 2004, así como, de conformidad con los lineamientos de la Directiva N° 001-006-00000001; en atención a lo preceptuado en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, en cuya primera Disposición Transitoria se dispuso que en tanto se implemente la nueva metodología de costos en todas las entidades de la Administración Pública, éstas podrán aprobar, modifi car o ratifi car sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos utilizando las pautas metodológicas contenidas en la Directiva N° 001-95-INAP/ DTSA (referida en el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM), para efectos de sustentar técnicamente los Procedimientos Administrativos de sus TUPA, siempre que ésta haya sido expedida con anterioridad a la publicación del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administración Tributaria ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza N° 607, la Directiva N° 001-006-00000001, a través de las cuales se estableció el procedimiento para la ratifi cación de las Ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima, así como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de trámite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, el Informe Técnico Legal N° 004- 181-00000154 de fecha 30 de junio del 2010, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. Los 32 derechos correspondientes a un total de 18 procedimientos y servicios administrativos de habilitaciones urbanas y edifi caciones, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza N° 442-MSB y modifi catorias, que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-181- 00000154, han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. 2. De la evaluación técnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Borja piensa percibir, producto de aplicación de derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos listado en el anexo 1, fi nanciaran el 98.16% de los costos por la prestación de los mismos, la diferencia de los costos deberá ser cubierta por la Municipalidad Distrital. Costo Proyectado (S/.) Ingreso Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 18 Derechos: 32 650,042.81 638,075.50 Total 650,042.81 638,075.50 Fuente: Expediente Ord. 103-MSDL Elaboración: SAT - Gerencia de Asuntos Legales De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen N° 172-2010-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car los 32 derechos correspondientes a un total de 18 procedimientos y servicios administrativos, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza N° 442- MSB, que modifi ca la Ordenanza N° 441-MSB que aprobó y modifi có los derechos de trámite de los procedimientos de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones aprobado por la Ordenanza N° 433-MSB y modifi catoria, de la Municipalidad Distrital de San Borja, que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-181-00000154 del Servicio de Administración Tributaria. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación y de las Ordenanzas Nos. 442 y 441-MSB; así como del Anexo Nº 1 que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha Comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Borja. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital de San Borja, la cual tiene carácter de Declaración Jurada, conforme lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2° de la Ordenanza N° 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía ANEXO Nº 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA DERECHOS A RATIFICAR ORDENANZAS Nº 442-MSB, 441-MSB QUE MODIFICAN LA ORD. 433-MSB Y MODIFICATORIAS UIT = 3,600.00 Nº PROCEDIMIENTO DERECHO ( I ) COSTO ( C ) % COBERTURA % UIT1/ S/. S/. (I / C) GERENCIA DE DESARROLLO URBANO UNIDAD DE OBRAS PRIVADAS 1 Anteproyecto en Consulta (modalidad B, C y D) 5.61 202.00 202.26 99.87% 2 Licencia de edifi caciones 2.1 Modalidad A: Aprobación automatica con fi rma de profesionales. 9.24 332.50 332.85 99.89% 2.2 Modalidad B: Con fi rma de profesionales responsables. 10.38 373.50 373.53 99.99% 2.3 Modalidad C 2.3.1 Modalidad C, con evaluación previa del proyecto por la comisión técnica