Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2010 (31/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

423076

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2010

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, Provincia de La Convencion, Departamento del MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 078-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 045-98, se declaro de necesidad e interes nacional, el desarrollo del Proyecto Camisea, el mismo que comprende las etapas de explotacion, transporte y distribucion; Que, asimismo, mediante la Ley Nº 27133, Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, se declaro de interes nacional y necesidad publica, el fomento y desarrollo de la industria del gas natural; Que, en el MORDAZA del denominado "Paro Macroregional del Sur" se ha reportado la ocurrencia de hechos vandalicos acontecidos en el Km. 117 de la carretera Quillabamba ­ Kiteny, habiendose producido la ruptura de una de las fibras opticas del Sistema de Monitoreo de la TGP (Transportadora de Gas del Peru); Que, se han reportado diversos actos vandalicos con la intencion de tomar las instalaciones de la planta de bombeo PS2 a cargo de la Empresa Transportadora de Gas, ubicada en el distrito de Echarate; Que, a causa de dichas acciones, habiendose producido actos contrarios al orden publico y a la ley, se ha puesto en riesgo las operaciones de transporte y distribucion de gas natural y liquidos de gas natural que constituyen actividades de necesidad e interes nacional, asi como el abastecimiento de gas natural necesarios para brindar el servicio publico de electricidad y de distribucion de gas natural en todo el pais; por ello, es necesario la declaratoria del Estado de Emergencia en el distrito de Echarate de la provincia de La Convencion en el departamento de Cusco; debiendose adoptar las medidas que la Constitucion Politica del Peru preve, que

aseguren el normal abastecimiento del servicio, asi como el restablecimiento del orden interno y la procura de la defensa de los derechos de los ciudadanos y los servicios publicos indicados; En uso de las atribuciones que confiere el articulo 137 de la Constitucion Politica del Estado, y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaracion del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate de la provincia de La Convencion en el departamento de Cusco; por el plazo de sesenta (60) dias, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y eliminacion de los riesgos existentes descritos en la parte considerativa del presente decreto. Articulo 2.Suspension de derechos constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f), del articulo 2 de la Constitucion Politica. Articulo 3.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta y un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 524931-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.