Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2010 (31/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 135 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION 20 PROGRAMA FUNCIONAL 044 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0096 ACTIVIDAD 057655 FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

423065
En Nuevos Soles : Gobierno Central : Seguro Integral de Salud : Seguro Integral de Salud : Salud : Salud Individual : Atencion Medica Basica : Seguro Integral de Semisubsidiado

CONSIDERANDO: Que, el numeral 57.1 del articulo 57º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Promocion de la Competitividad, Formalizacion y Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa y del Acceso al Empleo Decente ­ Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, establece que la afiliacion de los trabajadores y conductores de la Microempresa al componente semisubsidiado del Seguro Integral de Salud comprendera a sus derechohabientes, y que su costo sera parcialmente subsidiado por el Estado condicionado a la MORDAZA anual del certificado de inscripcion o reinscripcion vigente del Registro Nacional de Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y a la relacion de trabajadores, conductores y sus derechohabientes; Que, el articulo 44º del Reglamento del TUO de la Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008TR y modificado por Decreto Supremo Nº 024-2009PRODUCE, establece que las obligaciones a cargo de la microempresa corresponden al cincuenta por ciento (50%) de la aportacion mensual establecida en el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 004-2007-SA, y que el cincuenta por ciento (50%) restante constituye el subsidio del Estado; Que, el presupuesto institucional del Seguro Integral de Salud correspondiente al ano fiscal 2010, no cuenta con el MORDAZA presupuestal disponible para realizar el pago del cincuenta por ciento (50%) que constituye el subsidio del Estado; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con recursos disponibles que permiten financiar el costo del cincuenta por ciento (50%) de la aportacion mensual del componente semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, que constituye el subsidio del Estado, a que se refiere el articulo 57º del TUO de la Ley MYPE, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de OCHO MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 058 243,00); De conformidad con lo establecido por el Articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de OCHO MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 058 243,00), la cual sera destinada a financiar el costo del cincuenta por ciento (50%) de la aportacion mensual del componente semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, que constituye el subsidio del Estado, a que se refiere el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion de la Competitividad, Formalizacion y Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa y del Acceso al Empleo Decente ­ Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION En Nuevos Soles

Salud

1 : Recursos Ordinarios

8 058 243,00 ------------------8 058 243,00 ===========

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la Presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado solicitara la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al Uso de los Recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente dispositivo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 524893-3

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia Finanzas 001 : Administracion Central 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS

INTERIOR
Designan Gobernador en el ambito Regional del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0784-2010-IN/1501 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010

8 058 243,00 ------------------8 058 243,00 ===========

Visto, el Informe N° 426-2010-IN-1 508 de la Direccion de Autoridades Politicas de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, sobre la Gobernacion en el ambito Regional del CUSCO;

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